Ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos nacionales o extranjeros a Equipos Extremeños de Investigación.

Código de ayuda:

S07173/04

Norma:

Orden de 8 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Posibilitar la movilidad de investigadores y técnicos, complementaria de otras modalidades, con el objetivo de favorecer la actualización de la formación e intercambio de conocimientos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

• Hasta un máximo de 2.500 euros brutos mensuales, sobre las que habrá de practicarse la retención correspondiente, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

• Seguro de accidentes, y de asistencia sanitaria cuando se solicitara por no tener derecho a los beneficios del sistema estatal de Seguridad Social, extensible en este caso, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario que le acompañen.

• Una ayuda única de viaje de ida y vuelta entre el lugar de residencia habitual y el Centro de incorporación, hasta un máximo de 1.000 euros, y sólo cuando se resida fuera de España.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El investigador principal de los grupos de investigación de la Universidad de Extremadura u otros Centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma, conjuntamente con el investigador propuesto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La incorporación temporal, a equipos extremeños de investigación, de científicos, humanistas y tecnólogos de valía reconocida, nacionales residentes fuera de Extremadura, o extranjeros, cuando por la singularidad de sus conocimientos puedan aportar una colaboración cualificada al esfuerzo de investigación y desarrollo tecnológico regional.

Requisitos:

- El investigador nacional o extranjero invitado deberá poseer el título de Doctor y poseer una experiencia demostrable en docencia y/o investigación en un Departamento o Instituto de Investigación y Desarrollo Industrial por un mínimo de cuatro años.

- A un mismo investigador visitante no se le podrá conceder estas ayudas en más de dos años consecutivos o tres alternos.

- Para acceder a las ayudas reguladas por la presente Orden se deberán haber justificado correctamente, a la fecha de presentación de las solicitudes, aquellas otras ayudas y subvenciones que se hubieran recibido de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología en cualquiera de las convocatorias efectuadas durante 2003 y años anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento