Ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos nacionales o extranjeros a Equipos Extremeños de Investigación.
Código de ayuda:
S07173/04Norma:
Orden de 8 de marzo de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/04/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Posibilitar la movilidad de investigadores y técnicos, complementaria de otras modalidades, con el objetivo de favorecer la actualización de la formación e intercambio de conocimientos.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Educación (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
• Hasta un máximo de 2.500 euros brutos mensuales, sobre las que habrá de practicarse la retención correspondiente, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.• Seguro de accidentes, y de asistencia sanitaria cuando se solicitara por no tener derecho a los beneficios del sistema estatal de Seguridad Social, extensible en este caso, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario que le acompañen.
• Una ayuda única de viaje de ida y vuelta entre el lugar de residencia habitual y el Centro de incorporación, hasta un máximo de 1.000 euros, y sólo cuando se resida fuera de España.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El investigador principal de los grupos de investigación de la Universidad de Extremadura u otros Centros públicos de investigación de la Comunidad Autónoma, conjuntamente con el investigador propuesto.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La incorporación temporal, a equipos extremeños de investigación, de científicos, humanistas y tecnólogos de valía reconocida, nacionales residentes fuera de Extremadura, o extranjeros, cuando por la singularidad de sus conocimientos puedan aportar una colaboración cualificada al esfuerzo de investigación y desarrollo tecnológico regional.Requisitos:
- El investigador nacional o extranjero invitado deberá poseer el título de Doctor y poseer una experiencia demostrable en docencia y/o investigación en un Departamento o Instituto de Investigación y Desarrollo Industrial por un mínimo de cuatro años.- A un mismo investigador visitante no se le podrá conceder estas ayudas en más de dos años consecutivos o tres alternos.
- Para acceder a las ayudas reguladas por la presente Orden se deberán haber justificado correctamente, a la fecha de presentación de las solicitudes, aquellas otras ayudas y subvenciones que se hubieran recibido de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología en cualquiera de las convocatorias efectuadas durante 2003 y años anteriores.
Documentos asociados
Boletín:
13/03/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
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