Ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos a grupos extremeños de investigación.

Código de ayuda:

S29282/08

Norma:

ORDEN de 18 de marzo de 2008. DECRETO 109/2005, de 26 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convocan ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos a grupos extremeños de investigación en el marco de los Programas y las prioridades establecidas en el III PRI+D+I (2005-2008), reguladas por el Decreto 109/2005, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

Las ayudas a otorgar al amparo de la presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras que establecen los Títulos I y II y el Capítulo VII del Título III del Decreto 109/2005, de 26 de abril (DOE n.º 50, de 3 de mayo), modificado por el Decreto 49/2006, de 21 de marzo (DOE n.º 36 de 25 de marzo), y en todo aquello no expresamente regulado en el mismo, por lo establecido con carácter básico en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el
que se aprueba su Reglamento, las normas contenidas en la disposición adicional correspondiente de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura vigente, así como el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones, en lo que no se oponga a lo anterior.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Comercio e Innovación (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda será:

a) De 2.000 € brutos mensuales, sobre los que se habrá de practicar las retenciones correspondientes, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Dicha cuantía será homogénea para todos los beneficiarios de esta modalidad de ayuda.
b) Seguro de accidentes y de asistencia sanitaria cuando se solicitara por no tener derecho a los beneficios del sistema estatal de Seguridad Social, extensible en este caso, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario que le acompañen.
c) Una ayuda única de viaje de ida y vuelta entre el lugar de residencia habitual y el Centro de incorporación, hasta un máximo de 1.000 euros, y sólo cuando se resida fuera de España, en función de la distancia del país de procedencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas, conjuntamente con el investigador invitado propuesto, los Investigadores Responsables de los Grupos de Investigación de la Universidad de Extremadura o de otros Centros Públicos de Investigación de la Comunidad Autónoma.

El investigador nacional o extranjero invitado deberá poseer el título de Doctor y poseer una experiencia demostrable en docencia y/o investigación en un Departamento o Instituto de Investigación y Desarrollo Tecnológico, por un mínimo de cuatro años.

A un mismo investigador invitado no se le podrá conceder estas ayudas en más de dos años consecutivos o tres alternos.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/04/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 78
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento