Ayudas para la incorporación social y laboral de drogodependientes.

Código de ayuda:

S10682/04

Norma:

Orden de 2 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La contratación de personas con problemas derivados del consumo de drogas, así como el fomento del autoempleo por parte de los drogodependientes que se encuentren en programas de tratamiento y en procesos de incorporación social.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Sanidad y Consumo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para las empresas privadas legalmente establecidas, las Organizaciones no Gubernamentales y las entidades locales, las ayudas cubrirán el coste del salario mínimo interprofesional fijado para el año 2004, incrementado en la cuota empresarial de la Seguridad Social.

Para los dogodependientes que pudieran incorporarse al mercado laboral, los costes
mensuales como consecuencia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) con una cuantía máxima de 240,40 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a. Empresas privadas legalmente establecidas.
b. Organizaciones no Gubernamentales.
c. Entidades locales de la Comunidad Autónoma.
d. Drogodependientes que pudieran incorporarse al mercado laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda económica, de carácter individual, será:
1. De doce meses a jornada completa, pudiéndose prorrogar atendiendo a la evolución terapéutica del drogodependiente, por seis meses más, hasta completar un máximo de dieciocho meses.
2. De doce meses a tiempo parcial pudiendo prorrogarse de la misma manera que en el apartado anterior, hasta un máximo de treinta y seis meses.
3. Hasta un máximo de 18 meses en el caso de autoempleo.
4. Aquellos drogodependientes que superen el periodo máximo de contratación (dieciocho meses a tiempo total o treinta y seis
meses a tiempo parcial) y que la empresa o entidad contratante decidiera mantener su contratación, la Consejería de Sanidad y
Consumo subvencionará el 50% de Salario Mínimo Interprofesional y el 50% de los costes de la Seguridad Social durante un periodo máximo de 12 meses a partir de la fecha del contrato.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2004
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 43
Documento: Convocatoria Descargar Documento