Ayudas para la incorporacion, con caracter temporal, de personal investigador doctor junior en universidades publicas del sistema universitario catalan (PDJ 2014).

Código de ayuda:

S53746/14

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2774/2014, de 28 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir a la creación y transferencia del saber en el conjunto de los ámbitos de actuación de las universidades —investigación, docencia y transferencia de conocimiento en el tejido socioeconómico—, mediante la concesión de ayudas para la contratación de personal investigador doctor júnior para desarrollar actividades académicas y de investigación en el marco de una universidad pública del sistema universitario catalán.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de cada ayuda será de 34.000 euros. Esta ayuda se destina a financiar exclusivamente el coste anual de cada contrato e incluye la retribución a percibir por el personal investigador y la cuota patronal de la Seguridad Social.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Las universidades públicas del sistema universitario catalán.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las tareas a desarrollar deberán acordarse con el grupo de investigación en el que se integre la persona candidata y con la entidad que lo acoge. Las tareas incluirán la preparación y el seguimiento de proyectos de investigación, preparación de publicaciones y material académico, actividades de transferencia de conocimiento y apoyo a actividades de docencia, entre otras.

Requisitos:

a) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.

b) Cumplir con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.

c) En el supuesto de que la empresa tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, prever, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en sus centros de trabajo.

d) Hacer constar, al menos en catalán, los rótulos y las informaciones de carácter fijo y que contienen el texto que debe figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan en ellos, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

e) Cumplir la finalidad de la subvención mediante la realización de la actividad subvencionada en el plazo que determinen estas bases.

f) Presentar declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

Estos requisitos se acreditan mediante la declaración acreditativa correspondiente o la declaración responsable que se incorpora en el documento de aceptación.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6768
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento