Ayudas para la gestión de terrenos cinegéticos.

Código de ayuda:

S02128/03

Norma:

Orden 48/2003, de 7 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/09/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar para el año 2003, las ayudas a la mejora de la gestión de los terrenos cinegéticos, dirigidas a los titulares de los mismos, asociaciones de titulares y a la Entidad federativa correspondiente, de acuerdo con las Directrices Regionales para la Ordenación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas de ayuda para cada solicitud será del 70% del presupuesto total que se justifique adecuadamente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

    Detalle beneficiarios:

    a). Titulares de cotos privados de caza y adjudicatarios de zonas de caza controlada.
    b). Asociaciones legalmente constituidas de titulares de terrenos cinegéticos.
    c). Federación Cántabra de Caza como coordinadora de las actuaciones previstas por un número determinado de Sociedades o Clubes Deportivos de Cazadores.

    ¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

    1. - Contratación de técnicos para el asesoramiento a los titulares en materia de gestión cinegética y la realización de programas de seguimiento de las especies y la actividad cinegética.

    2.- Ejecución de planes de mejora del hábitat según dos categorías:
    - Actuaciones preventivas para reducir el riesgo de daños producidos por las especies cinegéticas: pastores eléctricos, protecciones individuales de arbolado, repelentes u otros, con excepción de los vallados.
    - Otras actuaciones de mejora del hábitat para la caza.

    3.- Realización de actividades de información para los cazadores en materia de mejora de la gestión cinegética y sobre los contenidos de la Orden 9/2003.

    4.- Otras actuaciones de gestión y recuperación de especies de caza dentro de las competencias de los titulares de los terrenos cinegéticos y en el marco de la legislación vigente.

    Requisitos:

    a). Las asociaciones de titulares de cotos de caza, deberán estar legalmente constituidas de acuerdo con la normativa vigente.

    b). Las Sociedades o Clubes Deportivos de Cazadores deberán cumplir todos los requisitos establecidos por la Ley de Cantabria 2/2000, de 3 de julio, del Deporte, para ser consideradas como tales.

    c). En cualquier caso, los terrenos cinegéticos objeto de la solicitud deberán estar legalmente constituidos a todos los efectos.

    Documentos asociados

    Boletín: 27/08/2003
    BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 164
    Documento: Convocatoria Descargar Documento