Ayudas para la generación de energía fotovoltaica destinada a la alimentación de grupos de bombeo en Comunidades de Regantes de la Región de Murcia, derivadas de los presupuestos participativos del año 2018.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S14091/18

Norma:

Orden de 27 marzo de 2018. Orden de 4 de abril de 2018. Orden de 18 de julio de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de mayo de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la generación de energía fotovoltaica destinada a la alimentación de grupos de bombeo en Comunidades de Regantes de la Región de Murcia, derivadas de los presupuestos participativos del año 2018.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece una intensidad de ayuda del 30% del presupuesto de inversión subvencionable establecido en el artículo anterior, hasta una cuantía máxima de ayuda de 50.000 € por solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas Comunidades de Regantes, adscritas al Organismo de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Segura, cuyo ámbito de riego se encuentre ubicado mayoritariamente (más del 50%) en la Región de Murcia y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Instalación generadora de energía fotovoltaica necesaria para la alimentación de la estación de bombeo objeto de la solicitud de ayuda.

b) Instalación de variadores de frecuencia e instalación eléctrica en baja tensión para la alimentación de los equipos de bombeo objeto de la solicitud de ayuda a partir de la fuente de energía renovable proyectada.

c) Instalación de bombas y motores eléctricos en sustitución de las bombas objeto de la solicitud de ayuda, cuando aporten una mejora sustancial en el rendimiento del sistema.

d) Obra civil necesaria para la instalación de bombas y para el alojamiento de cuadros eléctricos o equipos necesarios.

e) Instalación de piezas especiales de calderería, valvulería y otros elementos necesarios para la instalación de las nuevas bombas o la adecuación de las bombas existentes.

f) Otras mejoras que justificadamente se consideren necesarios y tendentes al cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo 2.

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