Ayudas para la formulación de planes estratégicos de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

Código de ayuda:

S29600/06

Norma:

ORDEN ITC/2691/2006, de 2 de agosto. ORDEN ITC/692/2007, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Constituye el objeto de esta orden la convocatoria de las ayudas para elaborar planes estratégicos de AEI y los procedimientos de gestión para la aplicación de dichas ayudas, de acuerdo con lo previsto en la Orden ITC/2691/2006, de 2 de agosto, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión de medidas de apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras (BOE núm. 199, de 21 de agosto).

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

A los efectos regulados por esta convocatoria, tendrán la condición de beneficiarios:

a) Los colectivos, agrupaciones o asociaciones constituidos como entidades sin fines de lucro cuyas características y finalidades se correspondan con las de las AEI a que se refiere esta norma. A los efectos de la misma, una AEI se define como «la combinación en un espacio geográfico o sector industrial concreto de empresas, centros de formación y unidades de investigación públicos o privados, involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador. Esta actividad se organizará en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo o una rama o sector científico-tecnológico de referencia. El objeto de la AEI así estructurada será alcanzar una masa crítica tal, que permita asegurar su competitividad y visibilidad internacionales».

b) Entidades sin fines de lucro que actúen como promotoras de futuras AEI.

c) Las agencias y otros organismos públicos que fomenten el desarrollo económico autonómico o local y actúen como impulsoras de futuras AEI.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sólo serán subvencionables aquellos gastos que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada. El período de cobertura de los gastos relativos a las actividades a reflejar será del 1 de enero al 31 de diciembre de 2007.

Se podrán financiar los siguientes gastos:
a) Gastos de personal técnico directamente involucrado en la elaboración del plan estratégico.
b) Colaboraciones externas, tales como gastos externos de consultoría y otros servicios.
c) Viajes interurbanos y alojamiento necesarios para la realización del proyecto, por parte del personal técnico aludido en el punto 2 a) anterior de este apartado. Los topes de los importes máximos aceptables se encuentran en el anexo IV.

Documentos asociados

Boletín: 21/08/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 199
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 09/10/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 241
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 23/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 71
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento