Ayudas para la formación y movilidad de personal investigador del sistema de ciencia. Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S31473/21

Norma:

Orden de 26 de enero de 2010. Resolución de 8 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es facilitar la movilidad del personal investigador del sistema de ciencia y tecnología de las Illes Balears, de forma que puedan hacer estancias a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, públicos o privados, ubicados fuera de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Fondos Europeos, Universidad y Cultura (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación destinada a cada uno de los contratos que se formalicen al amparo de esta modalidad es de 2.750,00 euros para cada mensualidad del contrato. La retribución mínima que deben recibir los investigadores es de 2.060,00 euros mensuales, la cual debe indicarse en cada contrato.

Gastos de viaje: una ayuda única de 300 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

A los efectos de estas ayudas pueden ser beneficiarios los siguientes centros de I+D:

a) Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración general del Estado o que dependen de la misma y los centros de I+D vinculados a administraciones públicas territoriales o que dependen de ellas, con personalidad jurídica
propia y diferenciada.

b) Centros públicos y privados de I+D sin finalidad de lucro: universidades privadas y entidades públicas y privadas sin finalidad de lucro con capacidad y actividad demostradas en I+D. Se incluyen los centros tecnológicos cuya propiedad y gestión corresponde mayoritariamente a las administraciones públicas.

Las personas jurídicas privadas deben estar válidamente constituidas de conformidad con la normativa vigente, estar inscritas en el registro correspondiente y disponer de la organización, la estructura técnica y la capacidad suficientes y necesarias para garantizar el cumplimiento de la actividad objeto de subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las estancias que se soliciten deben tener una duración ininterrumpida mínima de tres meses y máxima de 9 meses. La ayuda otorgada tendrá una duración igual a las estancias solicitadas.

Estas ayudas incluyen los siguientes conceptos:

Sueldo del investigador.

Gastos de viaje.

Ayuda de seguro de asistencia médica:

La entidad beneficiaria deberá contratar un seguro de asistencia médica en los desplazamientos al extranjero, si se trata de países en los que no tiene validez la Tarjeta Sanitaria Europea. El importe de este seguro se abonará a la entidad beneficiaria siempre que no supere el importe presentado en el momento de la solicitud (cotización a presentar según el mencionado en el apartado 8.5.b.6). El abono se realizará una vez presentado la cuenta justificativa de acuerdo con lo establecido en el apartado 17.3.c). En el supuesto de que el investigador candidato disponga de un seguro propio de asistencia médica en los desplazamientos al extranjero, la entidad beneficiaria puede renunciar a la ayuda de este concepto. En este contexto, la entidad beneficiaria deberá presentar un escrito de renuncia al seguro de asistencia médica en el momento de la presentación de la solicitud.
Sin embargo, deberá presentar una copia de la póliza de seguro de asistencia médica en vigor para las fechas de estancia solicitadas. En este caso, no se abonará este seguro de asistencia médica propia en el momento de la justificación de esta ayuda.

Requisitos:

Jóvenes investigadores que hayan obtenido una beca FPI del Govern de les Illes Balears y hayan leído la tesis doctoral entre el 1 de enero de 2020 y la fecha de aceptación de esta ayuda.

Investigadores del programa Margalida Comas que hayan finalizado los dos años de contrato antes de la fecha de aceptación de esta ayuda.

Los investigadores candidatos deben estar tutorizados por un investigador de la entidad beneficiaria que debe formar parte de un grupo de investigación (grupo supervisor) que debe ser doctor y estar vinculado estatutariamente, funcionarialmente (puede ser funcionario de carrera o interino) o con un contrato laboral a las entidades mencionadas en el punto anterior. En el supuesto de que la vinculación con la entidad solicitante no sea de carácter permanente, la relación o contrato temporal debe tener, como mínimo, una duración igual a la del contrato postdoctoral. La relación debe finalizar en fecha posterior a la fecha de fin del contrato postdoctoral.

El investigador candidato debe integrarse en un grupo del centro beneficiario y uno de sus miembros debe asumir ser responsable de la actividad investigadora a lo largo de la estancia. El responsable del grupo supervisor deberá cumplimentar todos los documentos relativos a la incorporación y realización de la estancia. No se podrán admitir solicitudes en las que no exista un grupo supervisor, formado como mínimo
por dos investigadores de este centro.

Los investigadores candidatos deben presentar un proyecto a realizar durante la estancia de movilidad que debe contar con el visto bueno del grupo supervisor.

Los proyectos a realizar durante la estancia de movilidad perseguirán la actualización de los conocimientos o el aprendizaje de nuevas técnicas y métodos para la investigación; así mismo, servirán para establecer nuevos vínculos académicos, o para fortalecer los ya existentes, entre las instituciones de origen y destino, propiciando una colaboración regular y permanente entre los investigadores y sus instituciones.

Además, el investigador candidato deberá contar con una carta de aceptación del grupo receptor en la que deberla especificarse el proyecto a realizar y las fechas de realización.

Las temáticas de los proyectos deben estar integradas principalmente en los ámbitos y objetivos de la Ley 2/2016, (de ahora en adelante LIET), que se especifican a continuación:

a) Estudio y revalorización del patrimonio histórico y cultural.

b) Transición energética.

c) Conocimiento, protección y recuperación del medio natural.

d) Conocimiento sobre el funcionamiento, la modernización y la recuperación del medio rural, agrario y marino.

e) Conocimiento sobre el cambio climático.

f) Tecnologías relacionadas con el ámbito turístico.

g) Investigación de excelencia.

En este sentido es necesario un informe explicativo de la adecuación y la integración de la propuesta presentada en los ámbitos de la LIET detallados en este punto o bien en las del Plan de Investigación vigente.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/06/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 12/06/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento