Ayudas para la formación de personal investigador en centros públicos de investigación y en empresas, en el marco de la retención y el retorno del talento, para jóvenes incluidos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, cofinanciadas con el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil (en línea con los objetivos de la RIS3).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S30246/16

Norma:

Orden de 28/07/2016. Resolución de 14/09/2016. Resolución de 07/10/2016. Orden 185/2017, de 30 de octubre. Resolución de 13/11/2019. Orden 115/2020, de 27 de julio. Resolución de 07/12/2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de octubre de 2016.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de contratos predoctorales destinados a la formación de personal investigador en centros publicos de investigación y empresas, con una duración máxima de cuatro años o seis años en el caso de personas con discapacidad.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria asciende a la cantidad de 2.604.000,00 €, el periodo 2016-2019.

El importe máximo de la ayuda individual anual ascenderá a 20.600 euros durante el contrato predoctoral y 25.000 euros durante la fase de orientación postdoctoral, distribuidos en 12 mensualidades, y se destinará necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1. Requisitos convocatorias cofinanciadas por el Fondo Social Europeo:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las correspondientes convocatorias cofinanciadas por FSE, en los términos que las mismas establezcan y siempre que cumplan los requisitos exigidos en cada convocatoria, los titulados universitarios que se encuentren, en el momento de la presentación de la solicitud, admitidos o preinscritos en un programa de Doctorado en la Universidad de Castilla-La Mancha o en la Universidad de Alcalá (Campus Guadalajara) para el curso que se especifique en la correspondiente convocatoria.

2. Requisitos convocatorias cofinanciadas por el Programa Operativo de Empleo Juvenil.

a) Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos, en la fecha de presentación de la solicitud:

- Tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

- Estar empadronado en cualquier localidad del territorio de Castilla-La Mancha con la anterioridad que se especifique en la convocatoria.

- Haber realizado la preinscripción en un programa de Doctorado en la Universidad de Castilla-La Mancha o en la Universidad de Alcalá (Campus Guadalajara) para el curso que se especifique en la correspondiente convocatoria y contar con el correspondiente compromiso de contratación.

b) Igualmente será requisito figurar inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil conforme al procedimiento establecido en el artículo 98 de la Ley 18/2014 de 15 de octubre, sin haber superado la edad permitida para darse de alta en dicho fichero, así como que el investigador no haya trabajado en los treinta días naturales anteriores a la fecha de formalización del contrato según el requisito establecido en los artículos 105 y 106 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

Ambos requisitos serán comprobados de oficio por parte de la Administración.

3. Requisitos Comunes:

a) No podrán ser solicitantes quienes hayan iniciado, previamente a la presentación de la solicitud, su formación predoctoral con financiación de otras ayudas destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral, ni quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier Universidad española o extranjera.

b) Tampoco podrán ser solicitantes quienes hayan disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.

c) Deberán cumplir lo dispuesto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Deberán encontrarse al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la seguridad social según lo regulado en el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por el Decreto 21/2008 de 5 de febrero y no podrán estar incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

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