Ayudas para la financiación del gasto realizado por las entidades locales de la comunidad autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S15328/23

Norma:

Orden UIC/4/2023, de 1 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de abrl de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el gasto realizado por las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria como consecuencia de promover y fomentar una mejor atención a las necesidades básicas de las personas beneficiarias de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la subvención será del 100% del importe solicitado hasta un máximo de 30.000€ por cada solicitud, o hasta agotamiento del crédito presupuestario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser benefciarias de la subvención las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que, como consecuencia de la prestación, directa o indirecta, de alguna o algunas de las actuaciones relacionadas en el artículo 4 de la presente convocatoria, en favor de personas afectadas por el conficto en Ucrania, hayan incurrido en incremento de gastos corrientes y de personal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a). El reforzamiento de los servicios de información y orientación que facilite el acceso equitativo a los recursos sociales y a los servicios públicos o, en su caso, la creación de nuevos dispositivos para este fn.

b). La prestación, directa o indirecta, de servicios de alojamiento o manutención.

c). La prestación, directa o indirecta, de ayudas económicas como complemento a las prestaciones básicas de alojamiento y manutención.

Esta prestación no será fnanciable durante el período en el que la persona perceptora esté recibiendo la ayuda económica directa a que pueda tener derecho por reunir los requisitos establecidos en la normativa aprobada para garantizar la cobertura de las necesidades básicas de estas personas.

d). La prestación, directa o indirecta, de servicios de conciliación, ocio y tiempo libre.

e). La prestación, directa o indirecta, de servicios de aprendizaje del castellano u otras lenguas ofciales.

Documentos asociados

Boletín: 14/03/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 51
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 14/03/2023
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 51
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento