Ayudas para la financiación de organismos activos a escala europea en el ámbito de la juventud.

Código de ayuda:

S48200/05

Norma:

Convocatoria de propuestas — DG EAC No 51/05.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/12/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La Decisión no 790/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, establece un
programa de acción comunitario para la promoción de organismos activos a escala europea en el ámbito
de la juventud.
La línea 15.07.01.02 (anteriormente A-3029) del presupuesto general de las Comunidades Europeas prevé ayudas para este tipo de organismos.

La presente convocatoria de propuestas corresponde a las subvenciones que se concederán para el
año 2006 (1 de enero — 31 de diciembre). El objetivo principal de las subvenciones es reforzar la acción
comunitaria en el ámbito de la juventud y hacerla más eficaz financiado organismos activos en este
ámbito.

El programa financia actividades permanentes de organismos que persigan un objetivo de interés general
europeo en el ámbito de la juventud o un objetivo que se sitúe dentro del marco de la política de la Unión
Europea en este ámbito.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los organismos que cumplan con los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas actividades deberán fundamentalmente contribuir —o tener capacidad para ello— a la participación
activa de los ciudadanos jóvenes en la vida pública y la sociedad y al desarrollo y la aplicación de medidas
de cooperación comunitaria en el ámbito de la juventud en sentido amplio.

Requisitos:

— Estar legalmente constituido desde hace más de un año;
— No ser gubernamental;
— No tener ánimo de lucro;
— Ser un organismo de juventud, o de espectro más amplio pero que destine parte de sus actividades
exclusivamente a los jóvenes;
— Beneficiarse de una cofinanciación que represente al menos el 50 % de su presupuesto anual total y que
proceda de fuentes distintas del presupuesto de la Unión Europea;
— Que al menos uno de los miembros de su personal sea permanente.

Documentos asociados

Boletín: 00/00/0000
Otro- Nº Web de la Unión Europea
Documento: Application Form (en inglés) Descargar Documento
Boletín: 30/04/2004
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L138
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/10/2005
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C242
Documento: Convocatoria Descargar Documento