Ayudas para la financiacion de acciones especiales destinadas al fomento de la investigacion cientifica y el desarrollo tecnologico para el año 2008.

Código de ayuda:

S28755/08

Norma:

Orden de 14-04-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/05/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para la financiación de acciones especiales destinadas al fomento de la investigación científica y desarrollo tecnológico durantes el año 2008.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La cuantía máxima de las ayudas para la modalidad a) será de 5.000 euros.

- La cuantía de las ayudas para la modalidad b) no podrá exceder de 10.000 euros, ni suponer más de un 50% del presupuesto total subvencionable de la acción.

- La cuantía máxima de las ayudas para la modalidad c) no podrá exceder de 10.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

- Universidad de Castilla-La Mancha.

- Universidad de Alcalá (cuando los investigadores implicados pertenezcan a departamentos del Campus de Guadalajara).

- Centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia ubicados en la Región.

Asimismo podrán beneficiarse de las ayudas contempladas bajo la modalidad a), los Centros Tecnológicos y los Centros de Investigación Agraria de la Región.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?



Requisitos:

- Cumplir los dispuesto en el art. 74.1 del Texto Refundido de Hacienda de Castilla-La Mancha y en los arts. 13 y 14 de la Ley General de Subvenciones.

- Acreditar que se encuentran al corriente de las oblgiaciones por reintegro de subvenciones, tributarias y con la Seguridad Social y no estar incurso en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley del Gobierno y el Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

- La entidad beneficiaria, además, deberá disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, cuando resulte exigible por su normativa reguladora, no debiendo haber sido sancionado en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en esta materia, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.


Documentos asociados

Boletín: 22/04/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 83
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento