Ayudas para la elaboración y/o implementación de planes lingüísticos, acciones puntuales y adaptación de contenidos digitales que fomenten el uso y presencia del euskera en las entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra durante el año 2025

Código de ayuda:

S14764/25

Norma:

NAV ORDEN FORAL 56E/2025, de 13 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de ayudas destinadas a fomentar el
uso y la presencia del euskera en las entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, para la elaboración y/o implementación de planes de euskera, para la adopción de medidas puntuales y para la realización de inversiones que busquen aumentar la presencia y el uso de esta lengua en sus sitios web y aplicaciones software.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas ayudas todas aquellas entidades sin ánimo de lucro que estén constituidas legalmente conforme a la legislación vigente y que estén ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.ª modalidad
Realizar un diagnóstico de la situación del euskera o diseñar el plan de euskera, basado en el EME (anexo IV)

2.ª modalidad
Habiéndose elaborado previamente un plan de euskera, basado en el EME (anexo IV), se subvencionarán las acciones previstas y los gastos de gestión para la ejecución del mismo

3.ª modalidad
Acciones puntuales elegidas entre las propuestas en el EME (anexo IV) que se consideren necesarias para aumentar la presencia y uso del euskera en la entidad y gastos de gestión para su desarrollo

4.ª modalidad
Inversiones destinadas a la creación de contenidos digitales en euskera (sitios web y aplicaciones software) destinados a la promoción y difusión del uso del euskera en el centro de trabajo. Asimismo, serán objeto de subvención la adaptación o modificación de sitios web y aplicaciones software para su utilización en euskera

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad
Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos.

b) Estar legalmente constituida e inscrita en el Registro del Gobierno de Navarra correspondiente y que carezcan de ánimo de lucro.

c) Tener el domicilio social o sede y el domicilio fiscal en la Comunidad Foral de Navarra.

d) Las Fundaciones, para poder ser perceptoras de ayudas, deberán cumplir, de conformidad con el artículo 49 de la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra, con las obligaciones de presentación de las cuentas a su correspondiente Protectorado para poder ser perceptoras de ayudas.

e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de
subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y, en especial, 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 107
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento