Ayudas para la elaboración de estudios para profundizar en los resultados del Estudio de Empleadores 2014.

Código de ayuda:

S44719/15

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/2381/2015, de 26 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Desde el 2 de noviembre de 2015 al 11 de diciembre de 2015 a las 14 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es profundizar en el conocimiento de la adecuación de la formación universitaria a partir de las bases de datos disponibles en AQU Catalunya, desde la perspectiva dels empleadores y definir actuaciones concretas que permitan mejorar las enseñanzas universitarias.

Las propuestas de estudios de investigación se pueden desarrollar sobre las bases de datos siguientes:

a) Una base de datos, constituida por empresas del ámbito privado, denominada "empleadores privados" que
recoge información sobre su satisfacción con las competencias de los recién graduados universitarios (sin concretar por titulación).

b) Una base de datos, constituida por centros educativos, que recoge información sobre la satisfacción con las competencias de los recién graduados en el Grado de Maestros y en el Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional, denominada "centros educativos ".

c) Dos bases de datos dirigidas a centros sanitarios, que recogen información sobre la satisfacción de los responsables o directores de servicios con las competencias de los graduados en Medicina y del Grado en Enfermería, denominadas "empleadores enfermería" y "empleadores medicina".

Los estudios deben tener por objetivo profundizar en los resultados obtenidos y publicados por AQU Catalunya y deben adentrarse en elementos relacionados con la mejora de las titulaciones universitarias de acuerdo con la opinión de los empleadores. No se aceptarán estudios que se centren en el análisis de las empresas o centros participantes y no hagan aportaciones de cómo estos elementos influyen en la valoración de la formación universitaria.

Se valorará que las bases de datos ofrecidos se complementen con análisis provenientes de la encuesta de
inserción laboral o de otros estudios de naturaleza cuantitativa o cualitativa.

Se puede encontrar más información de este proyecto, incluidas las encuestas empleadas en los Empleadores privados (encuesta genérica), los centros educativos, Medicina y Enfermería en la web:

http://www.aqu.cat/estudis/ocupadors/index.html

y para cualquier consulta en relación con las bases de datos se puede enviar un correo electrónico a [email protected]

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1 Los beneficiarios de esta convocatoria son los investigadores o equipos de investigación universitarios.

2 La persona responsable del proyecto debe formar parte del personal académico con dedicación a tiempo
completo en la institución de adscripción del equipo de investigación.

Sólo se puede presentar una solicitud como responsable de proyecto.

3 Cada investigador sólo puede formar parte de un solo equipo de investigación dentro de cada modalidad de ayuda.

4 Las entidades beneficiarias, en su caso, deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña o las administraciones correspondientes, así como de las obligaciones con la Seguridad Social.

b) No estar en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

c) Presentar declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.

d) Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
e) Cumplir con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.

f) En el supuesto de que la universidad tenga una plantilla igual o superior a veinte y cinco personas, prever, junto con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo.

g) En caso de fundaciones y asociaciones, haber adaptado sus Estatutos a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

h) En caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado.

i) Cumplir la finalidad de la subvención llevando a cabo la actividad subvencionada en el plazo que determinan estas bases.

La acreditación de estos requisitos se efectuará mediante la declaración acreditativa o declaración responsable correspondiente, que hay que incorporar en el formulario de solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación, mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becarios, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación al centro que recibe la ayuda. No son subvencionables las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a los centros solicitantes o participantes en la convocatoria.

b) Adquisición de material documental y bibliográfico, directamente relacionado con el objeto de la subvención.

No es subvencionable la adquisición de equipamiento informático.

c) Adquisición de material fungible.

d) Gastos de desplazamientos e inscripciones en congresos vinculados a la finalidad de la investigación y sólo para personas que forman parte del equipo de investigación (15% como máximo del importe total).

En este caso, se priorizan los congresos internacionales.

e) Otros gastos, como la utilización de servicios de apoyo o desplazamientos, que deberán justificarse
debidamente.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6986
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento