Ayudas para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas que se tramiten al amparo de la Intervención Leader, cofinanciadas con el Feader en el marco del Plan estratégico de la PAC 2023-2027 (PEPAC).

Código de ayuda:

S02873/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de abril de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta ayuda será objeto de convocatorias periódicas que realizará la Agencia. Las personas beneficiarias de esta ayuda, que se distribuirá en régimen de concurrencia competitiva, son las entidades públicas de carácter local o comarcal, las personas físicas y jurídicas y las comunidades de montes en mano común y sus mancomunidades. La dotación presupuestaria de la que dispone cada GDR para esta ayuda representa el 69 % de la asignación total de la Intervención Leader que le correspondió a cada GDR.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de ayuda será de 200.000,00 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades públicas de carácter local o comarcal, en concreto: municipios, mancomunidades, consorcios y entidades dependientes de las anteriores; las personas físicas o jurídicas de carácter privado, incluyendo en esta categoría las comunidades de montes vecinales en mano común y sus mancomunidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayuda para el desarrollo de capacidades y medidas preparatorias del apoyo al diseño y a la ejecución futura de las estrategias de desarrollo local participativo.

b) Ayuda para la ejecución de operaciones en apoyo de terceras personas.

c) Ayuda para actividades de cooperación.

d) Ayuda para la formación destinada a incrementar la empleabilidad de la población activa del territorio del GDR.

e) Ayuda para la gestión, seguimiento y evaluación de la estrategia y su animación.

Requisitos:

– Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de ninguna naturaleza con la Comunidad Autónoma de Galicia.

– No estar incursas en ninguno de los supuestos previstos en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (LSG), y, en particular, no haber sido condenado mediante sentencia firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas.

– Cumplir los requisitos de pequeña empresa, en los términos regulados en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el Mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea. Este requisito se exceptúa para las entidades públicas locales, así como para las entidades beneficiarias de las ayudas a proyectos no productivos regulados en el artículo 16 de las bases reguladoras de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 21
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 02/02/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 21
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento