Ayudas para la diversificacion economica de las zonas rurales del programa Leader en el marco del eje 4 del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2007-2013.- Convocatoria 2013.- Modificación.

Código de ayuda:

S45546/12

Norma:

ORDEN AAM/429/2012, de 21 de diciembre. ORDEN AAM/15/2013, de 14 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/02/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aplicación prevista en la programación aprobada en el eje 4 Leader del PDR de Cataluña 2007-2013 y que incluye actuaciones dirigidas a fomentar la diversificación de las economías rurales, que se gestionarán mediante la metodología Leader, con la colaboración de los grupos de acción local seleccionados (en adelante, GAL).

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior al 35% de la inversión elegible ni a 200.000,00 euros por persona beneficiaria en un periodo de 3 años en el caso de las medidas 12301 Mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios incluidos en el anexo 1 del Tratado CE excepto los de la pesca; 312 Creación y desarrollo de microempresas y 313 Fomento de actividades turísticas.

El importe de la ayuda no puede ser superior al 80% de la inversión elegible ni a 250.000,00 euros por persona beneficiaria en un periodo de 3 años en el caso de la medida 323- Conservación y mejora del patrimonio rural.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias, perceptoras finales de las ayudas, según el tipo de medida, las siguientes personas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 4.2:

Aplicación de estrategias de desarrollo local:

Medida 12301. Mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios incluidos en el anexo 1 del Tratado CE, excepto los de la pesca.

Para la creación, mejora y/o ampliación de microempresas o pymes agroalimentarias:

Personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro.

Cooperativas, asociaciones y/o fundaciones sin ánimo de lucro que tengan por objeto la reinserción laboral de personas discapacitadas y que contemplen, en sus estatutos, la actividad de transformación y comercialización de productos agrarios incluidos en el anexo 1 del Tratado Constitutivo de la CE.

Para la creación, mejora y/o ampliación de agrotiendas:

Personas físicas o jurídicas que comercialicen productos del anexo 1 del Tratado Constitutivo de la CE.

En todos los casos, se trata de empresas agroalimentarias o comercios mayoristas o minoristas agroalimentarios que tengan la consideración de microempresas o pyme agroalimentarias de acuerdo con la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, que realicen proyectos productivos de inversión inferior a 250.000,00 euros.

Medida 312. Creación y desarrollo de microempresas.

Personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro que tengan la consideración de microempresas, de acuerdo con la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003, y no pertenezcan a los sectores del turismo o del ocio.

Medida 313. Fomento de actividades turísticas.

Personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro que tengan la consideración de microempresas o pyme, de acuerdo con la definición establecida en la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, del sector del turismo o del ocio.

Cooperativas, asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro.

Medida 323. Conservación y mejora del patrimonio rural.

Ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas.

Consejos comarcales.

Entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La diversificacion economica de las zonas rurales del programa Leader en el marco del eje 4 del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2007-2013.

Requisitos:

a) Que realicen inversiones elegibles de un mínimo de 12.000,00 euros, sin IVA, en el ámbito territorial Leader.

b) Que realicen proyectos dirigidos a alguna de las finalidades establecidas en el apartado 3 de estas bases, que sean aprobados por la Dirección General de Desarrollo Rural a propuesta de los GAL seleccionados.

c) Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Generalidad de Cataluña.

d) Que se comprometan a mantener y gestionar directamente la actividad subvencionada durante un periodo mínimo de 5 años desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.

e) Que se comprometan a hacer publicidad de los organismos financiadores mediante una placa que será facilitada por el GAL, para aquellas inversiones cuyo coste total supere los 50.000,00 euros, o para las infraestructuras cuyo coste supere los 500.000,00 euros. Esta placa deberán mantenerla, de modo visible, durante un periodo mínimo de 5 años desde la fecha de la resolución de concesión de la ayuda.

f) Que se comprometan a llevar la contabilidad del negocio subvencionado en función de la normativa vigente que les sea aplicable.

g) En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro y de entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales, deberá figurar, en el objeto social de sus estatutos, la actividad para la que se pide la ayuda.

h) En el caso de cooperativas sin ánimo de lucro que se acojan a las ayudas de la medida 12301, deberá figurar, en el objeto social de sus estatutos, la reinserción laboral de personas discapacitadas, así como la actividad para la que se solicita la ayuda.

i) En el caso de asociaciones y/o fundaciones sin ánimo de lucro que se acojan a las ayudas de la medida 12301 deberá figurar, en sus estatutos, la actividad de transformación y comercialización de productos agrarios.

j) En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, que la empresa cumpla el principio de independencia, de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, y no forme parte de un multigrupo, un grupo de empresas y/o empresa asociada, de acuerdo con el Plan general de contabilidad de pequeñas y medianas empresas.

k) Que sean propietarias o usufructuaria/s de las instalaciones donde se quieren realizar las obras o, en el caso de no serlo, disponer por escrito el consentimiento de la/s persona/s propietaria/s o usufructuaria/s para realizarlas.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6282
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 20/02/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6319
Documento: Modificación Descargar Documento