Ayudas para la diversificación económica de las zonas rurales del programa Leader de Cataluña relativas al periódo de programación 2007-2013, y se convocan las correspondientes al año 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S78046/09

Norma:

ORDEN AAR/562/2009, de 23 de diciembre. ORDEN AAM/127/2011, de 16 de junio. ORDEN AAM/233/2011, de 19 de septiembre.Orden de 20 de septiembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/02/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aplicación de la medida 410 prevista en la programación aprobada en el Eje 4 Leader del PDR de Cataluña 2007-2013 y que incluye actuaciones dirigidas a fomentar la diversificación de las economías rurales, que se gestionarán mediante la metodología Leader, con la colaboración de los grupos de acción local seleccionados (en adelante, GAL).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Medida 12301. Mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios incluidos en el anexo 1 del Tratado CE, excepto los de la pesca.
Se subvencionará un máximo del 35% de la inversión elegible y un máximo de 200.000 euros de ayuda total por beneficiario en un periodo de 3 años.

Medida 312. Creación y desarrollo de microempresas.
Se subvencionará un máximo del 35% de la inversión elegible y un máximo de 200.000 euros de ayuda total por beneficiario en un periodo de 3 años.

Medida 313. Fomento de actividades turísticas.
Se subvencionará un máximo del 35% de la inversión elegible y un máximo de 200.000 euros de ayuda total por beneficiario en un periodo de 3 años.

Medida 323. Conservación y mejora del patrimonio rural.
Se subvencionará un máximo del 80% de la inversión elegible y un máximo de 250.000 euros de ayuda total por beneficiario en un periodo de 3 años.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas que cumplan los requisitos siguientes, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4.6 según el tipo de medida:

a) Que realicen inversiones en el ámbito territorial Leader.

b) Que realicen proyectos dirigidos a alguna de las finalidades establecidas en el apartado 3 de estas bases, que sean aprobados por la Dirección General de Desarrollo Rural a propuesta de los GAL Leader seleccionados.

c) Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Generalidad de Cataluña.

d) Que se comprometan a mantener y gestionar directamente la actividad subvencionada durante un periodo mínimo de 5 años desde la fecha de certificación de las obras por parte del GAL. En caso de la medida 313 Fomento de actividades turísticas, el compromiso es de 8 años.

e) Que se comprometan a hacer publicidad de los organismos financiadores mediante una placa que será facilitada por el GAL. Esta placa la tendrán que mantener, de manera visible, durante un periodo mínimo de 5 años desde la fecha de certificación de las obras por parte del grupo de acción local. En caso de la medida 313 Fomento de actividades turísticas, el compromiso es de 8 años.

f) Se comprometan a llevar la contabilidad del negocio subvencionado en función de la normativa vigente que les sea aplicable.

g) En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro y de entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales, tendrá que figurar, en el objeto social de sus estatutos, el objeto por que se pide la ayuda.

h) En el caso de cooperativas sin ánimo de lucro que se acojan a las ayudas de la medida 12301, tendrá que figurar, en el objeto social de sus estatutos, la reinserción laboral de personas discapacitadas, así como el objeto por el que se pide la ayuda.

i) En el caso de personas jurídicas con ánimo de lucro, que la empresa cumpla el principio de independencia, de acuerdo con la Recomendación (2003) 1422 de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas y no forme parte de un multigrupo, un grupo de empresas y/o empresa asociada, de acuerdo con el Plan general de contabilidad de pequeñas y medianas empresas.

j) En el caso de sociedades civiles particulares (SCP), hará falta que tengan elevada a pública la escritura de constitución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Medida 410 engloba las medidas siguientes:

Medida 12301. Mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios incluidos en el anexo 1 del Tratado CE, excepto los de la pesca.

Creación, ampliación y/o mejora de microempresas agroalimentarias mayoristas.

Creación, ampliación y/o mejora de pequeñas o medianas empresas (en adelante, pyme) agroalimentarias mayoristas.

Creación, ampliación y/o mejora de agrotiendas.

Los productos a que hace referencia esta medida, tanto los iniciales como los resultantes de la transformación, tienen que estar incluidos en el anexo 1 del Tratado CE.

Medida 312. Creación y desarrollo de microempresas.

Creación, ampliación y/o mejora de microempresas, para diversificar y potenciar el tejido económico en los territorios rurales.

Medida 313. Fomento de actividades turísticas.

Creación, ampliación y/o mejora de establecimientos turísticos de capacidad reducida o de empresas de actividades de ocio.

Las inversiones efectuadas en el marco de esta medida tendrán que cumplir el Decreto 313/2006, de 25 de julio, que regula los establecimientos de turismo rural, así como el resto de disposiciones en vigor de los sectores de turismo y de ocio.

A los efectos de aplicación de esta Orden, para el caso de hoteles, hostales, fondas, albergues de juventud, casas de colonias, granjas escuela o asimilables, se entenderá por establecimiento turístico de capacidad reducida aquél que cuente con un máximo de 50 habitaciones (100 plazas).

Medida 323. Conservación y mejora del patrimonio rural.

Proyectos de inversión superiores a 300.000 euros, que generen actividad económica y sirvan para el embellecimiento de núcleos antiguos, recuperación de la arquitectura tradicional y actuaciones no productivas que constituyan elementos de dinamización, generen una atracción hacia la zona de actuación y creen sinergias con los proyectos productivos del ámbito territorial Leader.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5536
Documento: Bases y Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 22/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5905
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 26/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5971
Documento: Modificación Descargar Documento