Ayudas para la dinamizacion de Planes de Empleo Comarcales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18437/12

Norma:

ORDEN de 9 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de ayudas destinadas a dinamizar la elaboración de Planes de Empleo de Comarcales en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que tomen como referencia las medidas recogidas en el Plan Operativo de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo de 2012, aprobado en el marco de la Estrategia Vasca de Empleo del Gobierno Vasco, para mejorar la empleabilidad de la ciudadanía, la generación de empleo y la competitividad de las empresas de cada comarca adecuándose a la realidad del mercado de trabajo local.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Para la elaboración del Plan de Empleo Comarcal, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo subvencionará los gastos previstos en el párrafo siguiente, hasta un máximo de 75.000 euros por cada Plan de Empleo Comarcal o del ámbito territorial previsto en el apartado a) del artículo 2.3.

En el supuesto previsto en el apartado b) del artículo 2.3, las cuantías máximas subvencionables son las que se indican a continuación:

– Municipios de al menos 100.000 habitantes: cuantía máxima de 100.000 euros por cada Plan de Empleo de ámbito municipal.

– Municipios de más de 24.000 habitantes y menos de 100.000 habitantes: cuantía máxima de 50.000 euros por cada Plan de Empleo de ámbito municipal.

En ningún caso la subvención podrá superar el 75% del coste global de la actuación subvencionable al amparo de esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Mancomunidades, Cuadrillas, agrupaciones de Municipios o Municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, estos últimos en su propio nombre, en el supuesto previsto en el artículo 2.3.b), que lleven a cabo, por sí mismas o mediante entidades dependientes de ellas, la elaboración y dinamización de un Plan de Empleo Comarcal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La elaboración de Planes de Empleo Comarcales durante el ejercicio 2012.

Requisitos:

– Estar al corriente en el pago de cotizaciones de la Seguridad Social.

– No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

– La concesión y, en su caso, el pago de las ayudas, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, se halle todavía en tramitación.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 100
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento