Ayudas para la difusión e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y se efectúa su convocatoria para el año 2023.

Código de ayuda:

S26728/23

Norma:

ORDEN de 24 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la aprobación de las bases para la convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Empleo, otorgará durante el ejercicio 2023 para la difusión e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y su convocatoria para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Empleo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden las entidades que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma de Euskadi, en los siguientes términos:

1.– Las pequeñas y medianas empresas, así como las asociaciones empresariales para las actividades del artículo 2.1.a). En este último caso, las asociaciones sufragarán la totalidad del coste de la memoria de sostenibilidad por cada empresa asociada, y resultarán beneficiarias de la suma determinada según las cuantías recogidas en el artículo 12 de la presente Orden.

2.– Las empresas que no sean de economía social para las actividades del artículo 2.1.b).

3.– Las empresas de economía social para las actividades del artículo 2.1.c).

4.– Las Universidades, las asociaciones empresariales y las entidades especializadas en la promoción de la RSE o en gestión avanzada: para las actividades del artículo 2.1.d).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Implantación de la RSE en las empresas mediante la elaboración de las memorias de sostenibilidad. Las memorias de sostenibilidad habrán de seguir la metodología GRI, SG21, ISO2300 o similares. También será subvencionable la elaboración de memorias de contabilidad social aplicada.

b) Realización del Diagnóstico de contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en empresas que no sean de economía social, mediante herramientas o formularios debidamente cualificados y estandarizados, incluyendo la posibilidad de la adaptación de las mencionadas en el precedente apartado a) de este artículo.

c) Realización del Diagnóstico de contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en empresas de economía social, mediante herramientas o formularios específicamente diseñadas para ellas.
d) Actividades de difusión e investigación de la cultura de la RSE en ámbitos públicos, empresariales y corporativos.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 102
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento