Ayudas para la difusión e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Código de ayuda:

S51891/18

Norma:

ORDEN de 3 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Justicia, otorgará durante el ejercicio 2018 para el fomento y la implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Justicia (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden las siguientes entidades, con domicilio social en la Comunidad Autónoma Vasca:

1.– Universidades, asociaciones empresariales y entidades especializadas en la promoción de la RSE o en gestión avanzada: para las actividades del artículo 2.a) y 2.c).

2.– Las pequeñas y medianas empresas con domicilio social en Euskadi: para las actividades del artículo 2.b).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar alguna de las siguientes actividades:

Elaboración de metodologías formativas de la RSE.

Implantación de la RSE en las empresas mediante la elaboración de las memorias de sostenibilidad GRI (Global Reporting Initiative).

Análisis de los beneficios, cuantificados, de la aplicación de la RSE en las empresas y difusión de la cultura de la RSE a través de la identificación de las buenas prácticas.

Las acciones objeto de subvención según la presente Orden deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.

Requisitos:

a) Tener el domicilio social o asociativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

b) Cumplir las obligaciones tributarias y las obligaciones frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo que al efecto disponga el Departamento de Hacienda y Economía.

c) No estar sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, o no estar incursa en prohibición legal que la inhabilite para ello.

d) Declarar responsablemente por parte de la Entidad solicitante la situación en que se encuentre (solicitada, en trámite o concedida), cualquier otra ayuda que para el mismo objeto y finalidad se haya solicitado a esta u otras Administraciones Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 196
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento