Ayudas para la difusión e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Código de ayuda:

S43500/20

Norma:

ORDEN de 28 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la regulación y convocatoria de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Justicia, otorgará durante el ejercicio 2020 para la difusión e implantación de la Responsabilidad Social Empresarial en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Justicia (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.a): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 3.000 euros por entidad beneficiaria.

b) Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.b): el 75% del coste neto de la actividad, con un límite de 10.000 euros por entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden las entidades que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad Autónoma Vasca, en los siguientes términos:

1.– Las pequeñas y medianas empresas para las actividades del artículo 2.a).

2.– Las Universidades, asociaciones empresariales y entidades especializadas en la promoción de la RSE o en gestión avanzada: para las actividades del artículo 2.b).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar alguna de las siguientes actividades:

a) Implantación de la RSE en las empresas mediante la elaboración de las memorias de sostenibilidad. Las memorias de sostenibilidad habrán de seguir la metodología GRI, SG21, ISO2300 o similares. También serán subvencionables la realización de estudios de contabilidad social aplicada.

b) Actividades de difusión de la cultura de la RSE en ámbitos públicos, empresariales y corporativos.
Las acciones objeto de subvención según la presente Orden deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 30 de noviembre de 2020.

Requisitos:

a) Cumplir las obligaciones tributarias y las obligaciones frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo que al efecto disponga el Departamento de Hacienda y Economía.

b) No estar sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, o no estar incursa en prohibición legal que la inhabilite para ello.

c) En su caso, estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de reintegro, tanto en el momento de la solicitud como en el momento de los pagos.

d) Declarar responsablemente por parte de la Entidad solicitante la situación en que se encuentre (solicitada, en trámite o concedida), cualquier otra ayuda que para el mismo objeto y finalidad se haya solicitado a esta u otras Administraciones Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 13/08/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 158
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento