Ayudas para la contratación de personal investigador en formación, dentro del ámbito de la educación física, de la actividad física, del deporte y de sus ciencias aplicadas, destinadas al INEFC.

Código de ayuda:

S59446/19

Norma:

ORDEN PRE/200/2019, de 11 de noviembre. RESOLUCIÓN PRE/3502/2019, de 5 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de enero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas para la contratación de personal investigador en formación, dentro del ámbito de la educación
física, la actividad física, del deporte y de sus ciencias aplicadas, destinados a los dos centros del INEFC regulados por estas bases, tienen por objeto fomentar y promover la investigación científica en estos ámbitos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Integrarse en alguno de los proyectos de investigación del INEFC, que se publicarán en los tablones de
anuncios del INEFC (centros de Barcelona y de Lleida) antes de que empiece el plazo de presentación de las solicitudes de la convocatoria correspondiente.

Los proyectos deberán tener una duración de tres años y tendrán que haber sido evaluados por la AGAUR
durante el ejercicio anterior.

b) Encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 6 del Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, modificado por el artículo 2 del Real decreto 43/2015, de 2 de febrero, con las singularidades siguientes:

Para todas las personas candidatas, el periodo transcurrido desde la finalización de los estudios que dan acceso a estas ayudas hasta la publicación de la convocatoria específica, no podrá ser superior a 5 años.

El periodo exacto se publicará en la convocatoria específica.

En el caso de los estudios de grado de una duración mínima de 300 ECTS, las personas solicitantes tienen que estar en posesión del título de grado en el momento de presentar la solicitud.

También lo pueden solicitar las personas físicas en posesión de un título de licenciatura, arquitectura superior o ingeniería que hayan obtenido la suficiencia investigadora o el diploma de estudios avanzados (DEA).

Los títulos de licenciatura, arquitectura, ingeniería, grado, diplomatura y máster obtenidos en centros
extranjeros deben ser validados o reconocidos por la escuela de doctorado correspondiente.

La persona solicitante no puede estar en posesión de ningún título de doctor o doctora.

c) Estar matriculada por el concepto de tutela académica del doctorado en el momento de la aceptación de la ayuda. Los programas de doctorado tienen que ser de una universidad del sistema universitario catalán.

d) La nota media mínima del expediente académico de la persona candidata tiene que ser igual o superior a
6,50 ( escala de 0 a 10), calculada de acuerdo con los criterios que se especifican en el Real decreto
1125/2003, de 5 de septiembre.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8002
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 19/12/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8027
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento