Ayudas para la contratación de gestores de internacionalización, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S02364/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de mayo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto facilitar la adquisición de competencias profesionales en materia de internacionalización y la incorporación o reinserción al mercado laboral de profesionales en el ámbito del comercio exterior –priorizando a los jóvenes sin o con poca experiencia y a los sénior experimentados mayores de 45 años en situación de desempleo–, al mismo tiempo que se apoya a las pymes gallegas en su proceso de internacionalización, poniendo a disposición de las pymes y de los organismos empresariales información sobre profesionales con formación especializada y una subvención a fondo perdido para su contratación.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Exportación / Internacionalización
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda se calcula aplicando los siguientes porcentajes sobre el coste subvencionable indicado en el apartado 5 del artículo anterior:

a) 85 % en el caso de jóvenes profesionales nacidos/as a partir del 1 de enero de 1985.

b) 90 % en el caso de mujeres o jóvenes de cualquier género inscritos en el Sistema nacional de garantía juvenil.

c) 80 % en el caso de profesionales nacidos después del 1 de enero de 1975 y antes del 1 de enero de 1985.

d) 90 % en el caso de profesionales sénior en paro de difícil reinserción laboral de edad igual o superior a 45 años (nacidos antes del 1 de enero de 1975).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas y organismos empresariales .

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será subvencionable el coste de los contratos laborales por cuenta ajena a tiempo completo de gestores de internacionalización, bajo cualquiera de las modalidades previstas en la legislación laboral vigente en el momento de la contratación, acordes a la finalidad de ayuda, excepto contratos de alta dirección.

Requisitos:

1. Empresas, que tengan su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia, que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento nº 651/2014, de la Comisión, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos, y que tengan como proyecto iniciar o consolidar su proceso de internacionalización.

2. Asociaciones empresariales, consejos reguladores de denominaciones de origen protegidas, de indicaciones geográficas protegidas y de agricultura ecológica, Clústers Empresariales (con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro), que representen un colectivo de empresas gallegas, y los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la innovación tecnológica y que estén inscritos con anterioridad al 31.12.2016 en el registro establecido al efecto por el Ministerio de Ciencia e Innovación (Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros, BOE núm. 20, de 23 de enero de 2009).

Todos deber tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se entiende por clúster empresarial a los efectos de estas bases las agrupaciones empresariales innovadoras que colaboren y desarrollen planes de internacionalización en cooperación en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y que tengan creada una entidad con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro, que gestione la agrupación clúster.

Las empresas tendrán que disponer del Informe de Alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización realizado a través de Programas del Igape a partir de 2013. De no disponer del citado Informe de Alta, debe solicitarlo a través de la oficina virtual del Igape (procedimiento IG192) dentro del plazo de presentación de solicitudes.

3. Los solicitantes tendrán su centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

4. Los solicitantes acreditarán tener un proyecto de internacionalización para el que se requiere contratar profesionales en comercio exterior.

5. Los solicitantes deberán estar al día de sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social, y no ser consideradas como empresas en crisis a 31 de diciembre de 2019. A los efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento nº 651/2014, de la Comisión. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir con las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento