Ayudas para la contratación de gestores de internacionalización.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S52582/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de diciembre de 2015. RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar la adquisición de competencias profesionales en materia de internacionalización mediante prácticas en empresas al mismo tiempo que se apoyan a las pymes gallegas en su proceso de internacionalización, poniendo a su disposición profesionales con formación especializada, subvención para su contratación y tutorización del gestor durante el período de contratación subvencionable. El resultado que se pretende con estas bases es que los jóvenes profesionales sigan contratados tras su participación en este programa en la misma empresa que recibió la subvención o en otras, gracias a la experiencia práctica recibida.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Empleo
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

IGAPE (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que sean sociedades mercantiles u otras sociedades con objeto empresarial (en adelante, empresas), que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento núm. 651/2014, de la Comisión, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos.

b) Que tengan su centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192. Este requisito no es necesario para empresas con diagnóstico positivo de potencial de internacionalización hecho por el Igape en el ejercicio 2016 o en ejercicios anteriores.

d) Que tengan, en la fecha de publicación de estas bases en el DOG y hasta la fecha de liquidación de la ayuda de estas bases, algún empleado por cuenta ajena en Galicia distinto de la contratación objeto de esta ayuda.

e) Los beneficiarios deberán estar al día de sus obligaciones con la Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social y no ser considerados empresas en crisis. A estos efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento núm. 651/2014, de la Comisión. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.

Documentos asociados

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