Ayudas para la contratación de educadores y educadoras ambientales en las entidades locales, en el marco del Plan integral de residuos de la Comunitat Valenciana.

Código de ayuda:

S53019/21

Norma:

ORDEN 19/2021, de 4 de octubre. Resolución de 16 de noviembre de 2021. RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2022. RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de marzo de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 29.999

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta resolución es convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a la financiación de la contratación de educadoras y educadores para la formación, información, difusión y sensibilización a los ciudadanos y a empresas generadoras de residuos, en la gestión de los residuos domésticos de acuerdo con la Orden 19/2021, de 4 de octubre de 2021, de la consellera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El Importe global máximo de la convocatoria será de 442.476,97 € y se financiará con cargo al crédito de la línea de subvención S8491000, del capítulo IV del programa presupuestario 442.50 Calidad
y educación ambiental, con cargo a los presupuestos de 2023.

2. El número de ejercicios a los cuales se aplicará el gasto será de una anualidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán entidades beneficiarias de las ayudas reguladas por las presentes bases las entidades locales de la Comunitat Valenciana que, en virtud de la Ley 22/2011 y de la Ley de Residuos CV, presten, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios de sus respectivos ámbitos territoriales.

Las ayudas podrán ser solicitadas por las entidades locales que presten tales servicios bien de forma independiente (municipios) o mediante asociación de varias entidades locales (áreas metropolitanas, mancomunidades, o diputaciones provinciales)

También se considerarán entidades beneficiarias de las ayudas los consorcios y entidades metropolitanas constituidos para la ejecución de los planes zonales de residuos establecidos en el PIRCV y en las órdenes de aprobación de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley de Residuos CV y en el artículo 108 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local
de la Comunitat Valenciana (en adelante Ley Régimen Local CV).

Asimismo, podrán ser beneficiarias de las ayudas las diputaciones provinciales, en virtud de las competencias que tienen atribuidas en virtud del artículo 7 de la Ley de Residuos CV y en el artículo
50 de la Ley Régimen Local CV.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los salarios y costes sociales correspondientes a la contratación de personal educador ambiental efectuados desde el 1 de enero de 2022 hasta el plazo establecido en la resolución de concesión de la ayuda, siendo el plazo máximo de finalización el 30 de noviembre de 2022. En el caso de subcontratación del servicio de educación ambiental, serán subvencionables los costes del contrato que se formalice con tal finalidad.

Requisitos:

a) No encontrase en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la LGS.

b) No encontrase en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13.3 de la LGS.

c) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda pública estatal y autonómica, así como frente a la Seguridad social.

d) Los Municipios y Mancomunidades beneficiarios deberán disponer de planes locales de residuos con el alcance establecido en el artículo 14 del PIRCV, debidamente aprobados conforme al procedimiento establecido en la normativa de régimen local para la aprobación de las ordenanzas municipales.

e) Las Áreas Metropolitanas y Consorcios beneficiarios deberán tener aprobado un precio público por la gestión separada de bioresiduos.

f) Las Diputaciones Provinciales deberán tener consignado en su presupuesto de gastos de la anualidad de la convocatoria, ayudas y subvenciones para fomentar la gestión separada de bio-residuos.

Documentos asociados

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