Ayudas para la contratación de bibliotecarios por entidades locales de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S68637/09

Norma:

Orden de 24/10/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la financiación de contratos de bibliotecarios/as municipales de Castilla-La Mancha. Tanto para la mejora de las condiciones de los contratos preexistentes, como para su mantenimiento.

El objeto principal de la contratación se referirá, en su caso, a funciones de dirección, gestión y trabajos técnicos de la biblioteca pública y la programación de actividades de animación a la lectura. Para los contratos financiados a través de la modalidad 3, opción 3.6 de la base tercera, punto 4, epígrafe c), las funciones estarán además, relacionadas con la coordinación de redes bibliotecarias municipales, gestión económica y de personal de los centros que supervise.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos, Organismos Autónomos Locales, Mancomunidades de Municipios, EATIM de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos señalados para cada una de las modalidades en la base tercera.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Se contemplan las modalidades y dotaciones máximas de ayudas que se señalan en el anexo II de la presente Orden.

2. Sólo se podrá solicitar una modalidad y opción de ayuda para cada contrato de trabajo.

3. El crédito disponible para la adjudicación de las ayudas indicadas en la presente convocatoria será con cargo a la aplicación presupuestaria 24.03.0000G/452A/46411, por un importe total de 1.400.000 euros. En todo caso la concesión de las ayudas quedará sujeta a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión durante el año 2010.

Excepcionalmente, podrá incrementarse motivadamente el importe total destinado a esta ayuda en función de la existencia de crédito antes de resolver la concesión de la ayuda, sin necesidad de iniciar nueva convocatoria, previo informe favorable de la Intervención General y tramitación del oportuno expediente de gasto.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 214
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento