Ayudas para la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.
Código de ayuda:
S09991/04Norma:
Orden 1491/2004, de 25 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31-mayo de cada año para las nuevas solicitudes. Hasta el 30-noviembre de cada año para las solicitudes de prórroga.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Financiar parcialmente la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local a aquellas Entidades Locales de la Comunidad de Madrid que prevean realizar estas contrataciones.Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Empleo
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Consejería de Empleo y Mujer (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El Servicio Regional de Empleo abonará hasta el 80% de los costes laborales totales del Agente de Empleo y Desarrollo Local, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, con un máximo de 27.045,54 euros al año por cada contratación subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Corporaciones Locales del ámbito geográfico de la Comunidad de Madrid o entidades dependientes o vinculadas a una Administración Local.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La contratación a tiempo completo por la Corporación Local o entidad dependiente o vinculada, mediante la modalidad contractual más adecuada, de acuerdo con la normativa vigente, de Agentes de Empleo y Desarrollo Local.Los Agentes de Empleo y Desarrollo Local realizarán las siguientes funciones:
a) Prospección de recursos ociosos o infrautilizados, de proyectos empresariales de promoción económica local e iniciativas innovadoras para la generación de empleo en el ámbito local, identificando nuevas actividades económicas, posibles emprendedores y nuevos yacimientos de empleo.
b) Difusión o estímulo de potenciales oportunidades de creación de actividad entre los desempleados, promotores y emprendedores, así como instituciones colaboradoras.
c) Acompañamiento técnico en la iniciación de proyectos empresariales para su consolidación en empresas generadoras de nuevos empleos, asesorando e informando sobre la viabilidad técnica, económica y financiera y, en general, sobre los planes de lanzamiento de las empresas.
d) Apoyo a promotores de empresas, una vez constituidas éstas, acompañando técnicamente a los mismos durante las primeras etapas de funcionamiento, mediante la aplicación de técnicas de consultoría en gestión empresarial y asistencia en los procesos formativos adecuados para coadyuvar a la buena marcha de las empresas creadas.
Requisitos:
No podrán ser beneficiarios quienes tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.Estos extremos serán comprobados de oficio por el Servicio Regional de Empleo.
Documentos asociados
Boletín:
06/04/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2004 y 2005 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2004 y 2005 y Anexos Descargar Documento