Ayudas para la construccion y mejora de los centros de limpieza y desinfeccion de los vehiculos destinados al transporte por carretera en el sector ganadero, en la Region de Murcia.

Código de ayuda:

S18355/09

Norma:

Orden de 5 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar para el año 2009, en régimen de concurrencia competitiva, una línea de ayudas para la construcción y mejora de los centros de limpieza y desinfección de vehículos dedicados al transporte por carretera, en el sector ganadero, en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía máxima de la ayuda otorgada será:

a) Para el caso de construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección, hasta el 40% del importe de la inversión total correspondiente a la inversión de edificaciones, maquinaria y equipos.

b) Para el caso de mejora de centros de limpieza y desinfección existentes, hasta el 40% del importe total de la mejora.

2. No obstante, la cantidad máxima a conceder no podrá superar los 12.000 € por beneficiario.

3. En todos los casos, la subvención se calculará sobre el coste aprobado para la ejecución material de la inversión. La fecha límite para la finalización de las mejoras e inversiones será el 30 de octubre del 2009.

4. En ningún caso, se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Tendrán la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden:

a) Las personas físicas o jurídicas, que construyan un centro de limpieza y desinfección.

b) Los titulares de los centros de limpieza y desinfección ya inscritos en el Registro de Centros de Desinfección de la Región de Murcia, que mejoren las instalaciones de los mismos.

Los solicitantes deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 11b) de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con las excepciones dispuestas en dicho artículo.

Los solicitantes acreditarán no encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, extremo que se acreditará mediante declaración responsable ante autoridad administrativa o notario público conforme al modelo que se adjunta como Anexo II a la Presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas reguladas en la presente Orden estarán dirigidas a incentivar:

a) Inversiones de construcción de nuevos centros de limpieza y desinfección.

b) Inversiones de mejora de infraestructura de las instalaciones y equipos de los centros de limpieza y desinfección ya inscritos.

Se considerarán mejoras a efectos de inversión subvencionable:

a) La instalación o mejora de la infraestructura (vallado, dispositivo para la desinfección de las ruedas de los vehículos, área cubierta para realizar las labores de desinfección, superficie hormigonada o asfaltada, plataformas, fosas de recogida de efluyentes e instalaciones destinadas a almacén de cama limpia, de material y de labores administrativas).

b) Instalación o mejora de equipos para desinfección de vehículos para transporte de ganado, productos y materiales relacionados con el ganado (mangueras, equipos de desinfección de alta presión, equipos de dosificación e inyección de productos biocidas automáticos y autómatas).

c) Adecuación e instalación de equipos eléctricos, informáticos y telemáticos suficientes para permitir vía web la emisión “on line” de los certificados de desinfección desde el propio centro.

Documentos asociados

Boletín: 11/03/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 58
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento