Ayudas para la consolidación y modernización de los regadíos de Extremadura.

Código de ayuda:

S23082/19

Norma:

DECRETO 33/2019, de 9 de abril. ORDEN de 7 de mayo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de julio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 600.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Realización de actuaciones en la red de riego que permitan garantizar las dotaciones de agua de riego necesaria a los regantes, y/o las necesarias para presurizar la red de riego con el fin de hacer posible el cambio del sistema de riego en parcela, sobre una superficie de riego delimitada (superficie significativa de la zona regable), conforme al Reglamento (UE) n.º. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014 - 2020 financiado por el FEADER.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.

2. La cuantía de la ayuda con carácter general expresada en porcentaje del importe del coste subvencionable, será del 80 %. Este porcentaje se incrementará en los casos siguientes:

a) 10 % en el caso de que más del 50 % de la superficie regable de la Comunidad de Regantes está situada en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, y establecidas en el Decreto 198/2018, de 18 de diciembre, por el que se regula la ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

b) 10 % adicional en aquellas inversiones de balsas de almacenamiento o infraestructuras de almacenamiento.

c) 10 % en el caso de inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.

3. En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 600.000 € por convocatoria y entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca, ya sean Comunidades de Regantes u otras Comunidades de Usuarios de Aguas principalmente vinculadas al regadío, que estén establecidas en zonas regables de iniciativa pública situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y cuyos estatutos u ordenanzas hayan sido aprobados administrativamente por el Organismo de Cuenca.

Documentos asociados

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