Ayudas para la consolidación y apoyo a los grupos de investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura.

Código de ayuda:

S30882/06

Norma:

ORDEN de 24 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente Orden se convocan ayudas, cofinanciadas por el FSE y el FEDER, destinadas a la consolidación de los Grupos de Investigación inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, reguladas por el Decreto 109/2005, de 26 de abril (D.O.E. n.º 50, de 3 de mayo), modificado por el Decreto 49/2006, de 21 de marzo (D.O.E. n.º 36, de 25 de marzo), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en materia de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

Las subvenciones a otorgar al amparo de la presente convocatoria se regirán por las bases reguladoras que establecen los Títulos I y II, y Capítulo X del Título III, del Decreto 109/2005, de 26 de abril, (D.O.E. n.º 50, de 3 de mayo), modificado por el Decreto 49/2006, de 21 de marzo de (D.O.E. n.º 36, de 25 de
marzo), y en todo aquello no expresamente regulado en el mismo por lo establecido con carácter básico en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas contenidas en la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2006, así como el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se regula el Régimen General de concesión de subvenciones, en lo que no se oponga a la anterior.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

la cuantía máxima de la ayuda para cada una de las actividades del Grupo susceptibles de recibir ayuda es la siguiente:

– Ayuda para la contratación de Técnicos de Apoyo: 20.000 euros.
– Ayuda para movilidad de los miembros del Grupo: 9.000 euros.
– Ayuda de apoyo a proyectos ya financiados: 15% del presupuesto del proyecto financiado.
– Ayuda para la presentación de un nuevo proyecto: 6.000 euros.
– Ayuda para mejora del equipamiento científico: 6.000 euros.
– Costes indirectos: 10% de la ayuda total concedida al Grupo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes de estas ayudas los Grupos de Investigación que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta Orden estén inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, representados por su correspondiente Investigador Responsable.

En su caso, serán beneficiarios de la ayuda la entidad a la que se encuentra vinculado el Investigador Responsable, que deberá ser un ente público o privado, sin finalidad de lucro, con personalidad jurídica propia y con finalidad investigadora.
En el caso de aquellos Grupos cuyo Investigador Responsable esté vinculado a un Organismo que no disponga de personalidad jurídica propia, el beneficiario podrá ser uno de los Organismos de Intermediación recogidos en el III PRI+D+I (2005-2008). En este supuesto, será de aplicación lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades del Grupo susceptibles de recibir ayuda son las que se indican en el artículo 115 del Decreto 49/2006, de 21 de marzo.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 36
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 26/08/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 100
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento