Ayudas para la compensación de precios públicos de matrícula de estudios universitarios oficiales para estudiantes en situaciones socioeconómicas desfavorables en el curso 2018-2019.

Código de ayuda:

S41000/19

Norma:

Resolución de 20 de junio de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula del curso académico del estudiante.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Universidad Rey Juan Carlos (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima a compensar por la Universidad corresponderá al importe de los créditos en los que se haya matriculado el estudiante en el curso 2018-2019. Si bien, la cuantía de la ayuda en los Grados en ningún caso superará el importe de los precios públicos de primera matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados, y en el de los Másteres los 2.100 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Para ser beneficiario de estas ayudas, los estudiantes deberán reunir los requisitos generales, económicos y académicos que figuran más abajo. Estos requisitos para obtener la condición de beneficiario, las obligaciones del mismo, así como las causas de reintegro, se basan en los artículos 13.2, 14 y 37 de la Ley 38/2003 y norma 42 de ejecución presupuestaria URJC, ejercicio 2019.

Requisitos:

Requisitos generales:

Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residente legal en España a fecha 31 de diciembre de 2018. Quedan excluidos de esta convocatoria quienes se encuentren en situación de estancia por estudios (permiso de estudiante).

Haberse matriculado, durante el curso 2018-2019 en la Universidad Rey Juan Carlos en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de Grado o Máster, y no haber abandonado dichos estudios antes de su finalización.

No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades públicas o privadas, para el curso académico de la presente convocatoria.

No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención, de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.

Requisitos económicos:

a) Renta familiar: Para el cálculo de la renta familiar a efectos de la beca, son miembros computables de la familia el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, el solicitante, los hermanos solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2017 o los de mayor edad cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.

La renta de la unidad familiar del año 2017 de los solicitantes no podrá exceder, en función del número de miembros computables de la unidad familiar, la cuantía establecida en el Real Decreto 951/2018, de 27 de julio, para el Umbral 3 (artículo 8.3).

Requisitos académicos:

Supondrá un porcentaje de la valoración final que representa un 20 por 100 de la baremación máxima final, conforme a lo establecido en la base sexta de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 152
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/06/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 152
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento