Ayudas para la campaña 2021-2022 a la gestión sostenible de los pastizales montanos de la red Natura 2000 en Navarra, incluidas en la Medida 7.6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Código de ayuda:

S42382/21

Norma:

RESOLUCIÓN 152/2021, de 15 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de septiembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas para la campaña 2021-2022 a la gestión sostenible de los pastizales montanos de la red Natura 2000 en Navarra incluidas en la Medida 7.6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un 100% de los gastos de tipo a) y del tipo c) (excluido las cotizaciones a la seguridad social de la empresa, o el IVA si se contrata externamente) del citado periodo.

Un 70% del resto de tipo de gastos (IVA excluido).

El presupuesto máximo anual aceptable por solicitud será de 20 euros por hectárea de pastizal para las primeras 1.000 hectáreas y 10 euros por cada hectárea de pastizal que supere la cifra anterior. Si una entidad ya es beneficiaria en convocatorias anteriores de esta ayuda de subvenciones en conceptos recogidos en estas bases, este presupuesto también se tendrá en cuenta en este apartado, y la nueva solicitud junto con la ya concedida no podrá superar el presupuesto máximo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria las Entidades Locales titulares de los pastos comunales incluidos en la red Natura 2000 que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán gastos subvencionables los siguientes:

a) Gastos de personal (externo o personal laboral expresamente contratado para ello) para garantizar el manejo de ganado.

b) Equipamientos de manejo ganadero: adecuación de puntos de agua, pastores eléctricos, mangas portátiles y puntos de sal, mantenimiento de cierres, quedando excluidos los caminos, mangas permanentes, y la creación de nuevos cierres.

c) Elaboración, tanto de la propuesta de manejo sostenible de los pastizales, como del informe final de resultados de evolución de los hábitats pascícolas. También podrán imputarse en este apartado costes de análisis de suelos.

Requisitos:

Podrán ser beneficiarios de estas medidas las Entidades Locales descritas en la base anterior que realicen cualquier actividad que se detalla en las acciones subvencionables.

Los expedientes podrán ser subvencionables si además se cumplen a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda los siguientes criterios de admisibilidad:

Que los pastizales sobre los que se solicita ayuda estén incluidos en una zona declarada como Zona Especial de Conservación.

Que exista un Plan de Ordenación Pascícola aprobado para los pastizales sobre los que se solicita ayuda.

Que exista un acuerdo con los ganaderos usuarios de los pastizales para el desarrollo de la propuesta presentada de manejo sostenible de los pastizales.

Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Para los nuevos solicitantes, incluidas las entidades locales que se hubieran beneficiado de ayudas plurianuales de esta misma naturaleza y que ya hubieran finalizado su periodo quinquenal de concesión, presentar una propuesta de manejo sostenible de los pastizales a modo de memoria valorada para el periodo 2020- 2024, adjuntando las correspondientes fichas de Inventario de Unidad Pascícola.

Esta Memoria debe ser coherente con el Plan de Ordenación Pascícola de la zona, para lo cual deberá ser informada técnicamente de manera favorable por la Sección de Gestión Forestal. Además, la propuesta deberá ser compatible con directrices y normativa de los Planes de Gestión de la ZEC.

Autorización ambiental y forestal sobre lo solicitado. La concesión de ayudas llevará aparejada la autorización ambiental de las actuaciones.

No concurrir ninguna circunstancia establecida en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, que le impidan ser persona beneficiaria.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 188
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento