Ayudas para la asistencia a actividades formativas de larga duración en el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S34755/15

Norma:

Resolución de 1 de julio de 2015. Resolución de 7 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de agosto de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de actividades formativas individualizadas de larga duración y alto nivel en áreas prioritarias para el sector salud en Asturias, con el objeto de promover la calidad y la innovación en los servicios sanitarios a través del desarrollo de programas o actividades de ampliación de estudios.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Sanidad (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los profesionales que cumplan los requisitos establecidos en las bases.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El curso o la actividad para la que se concede la ayuda deberá iniciarse entre el uno de enero y el 30 de noviembre del año 2015 y deberá desarrollarse al menos parcialmente durante el año 2015.

Requisitos:

Ser licenciado o diplomado, destinado en un puesto de trabajo de los grupos A1 o A2 en la Administración del Principado de Asturias, incluido el Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Tener la condición de personal en activo, estar en el período de formación sanitaria especializada, o estar realizando actividades de investigación en los centros sanitarios, en la Administración Sanitaria del Principado de Asturias o en centros hospitalarios privados dependientes de instituciones o fundaciones sin ánimo de lucro que se vinculen a la Red Hospitalaria Pública del Principado de Asturias mediante la formalización de un convenio singular. A estos efectos se considera personal en activo a aquellos empleados que se encuentren en situación de alta en la seguridad social en
el primer día del plazo de presentación de solicitudes y que, además, hubiesen prestado servicios durante más de ciento ochenta días naturales en los doce meses anteriores al momento de inicio del plazo.

No haber sido beneficiario de ninguna ayuda a la formación de las convocadas por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios durante los dos años anteriores a la correspondiente convocatoria, excepto cuando se trate del segundo año de un master cuya duración sea de dos años.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/07/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento