Ayudas para la aplicacion del Eje 4 del FEP, dentro de las estrategias de desarrollo local, para el periodo 2007-2013.

Código de ayuda:

S14837/11

Norma:

Resolución de 15 de marzo de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas de desarrollo y aplicación para la concesión de las ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Pesca y previstas para el desarrollo de proyectos dentro de los planes estratégicos
aprobados para cada Grupo de Acción Costera (en adelante GAC) en el marco del llamado Eje Prioritario IV del Reglamento (CE) n.º 1198/2006, del Consejo, de 27 de julio, relativo al Fondo Europeo de Pesca (en adelante FEP).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima individualizada de cada ayuda se determinará en la convocatoria. Para inversiones no productivas la ayuda podrá llegar al 100% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto, siempre que sean de interés colectivo, con beneficiarios colectivos. Para inversiones productivas, la ayuda podrá llegar al 60% de los costes de los gastos subvencionables del proyecto. En todo caso respetará los límites establecidos en la normativa comunitaria y en la normativa básica estatal.

En ningún caso, el importe de la ayuda concedida podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, supere el coste de la inversión subvencionada.
No obstante lo anterior, las presentes ayudas son incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedente de cualquier otro instrumento financiero comunitario u otro eje del FEP.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que promuevan la realización de un proyecto dentro de la zona de acción costera en que se integra el grupo que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos e inversiones efectivamente pagados por la persona beneficiaria con anterioridad a la finalización del plazo de justificación, siempre que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la operación subvencionada.

Requisitos:

1. El solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.

2. No estar incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Cuando los solicitantes de las ayudas sean comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas, podrán nombrar un representante o apoderado con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiarios, corresponda a dicha comunidad de bienes.

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 65
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento