Ayudas para la adquisicion en comun de maquinas y equipos agricolas que incorporan nuevas tecnologias, y de las ayudas para la renovacion del parque de maquinaria agricola de Cataluña - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S60191/10

Norma:

ORDEN AAR/508/2010, de 1 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la adquisición en común de máquinas y equipos agrícolas nuevos que incorporen nuevas tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para las personas beneficiarias del apartado 2.a) se podrá subvencionar hasta el 40% de la inversión. En caso de que la persona beneficiaria esté instalada en una zona desfavorecida, la ayuda podrá llegar hasta el 50%.
b) Para las personas beneficiarias del apartado 2. b) se podrá subvencionar hasta el 20% de la inversión. En caso de que la persona beneficiaria esté instalada en una zona desfavorecida, la subvención podrá llegar hasta el 30%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las sociedades cooperativas y sus agrupaciones o uniones, las sociedades agrarias de transformación, las organizaciones de productores agrarios, las comunidades de regantes y las agrupaciones de defensa vegetal o sanitaria, siempre que la adquisición de máquinas y equipos esté justificada por su actividad específica.

b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica que tengan un pacto contractual reconocido por el Departamento y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, aunque, excepcionalmente y en casos concretos, debidamente justificados por las características de los equipos a subvencionar, se podrán reducir hasta tres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Adquisición en común de máquinas y equipos agrícolas nuevos que incorporen nuevas tecnologías.

Requisitos:

1 Las ayudas sólo se podrán otorgar para la adquisición de máquinas o equipos nuevos, que no podrán ser enajenados durante un plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha de la resolución de concesión de esta ayuda.
2 Las máquinas o los equipos subvencionados se tendrán que inscribir en el Registro oficial de maquinaria agrícola (ROMA) de cada sección de agricultura de los servicios territoriales del Departamento, obligatoriamente, donde se hará constar, de manera expresa, la limitación de alienación mencionada en el apartado anterior. Quedarán excluidos de esta obligatoriedad los equipos subvencionados cuya inscripción no esté prevista en la normativa vigente de inscripción en los registros oficiales.
3 Las máquinas o los equipos subvencionados tienen que cumplir las disposiciones vigentes sobre seguridad, y las máquinas automotrices y remolcadas que deban circular por las vías públicas tienen que cumplir toda la reglamentación en temas de seguridad vial, así como lo que establece la Directiva 2006/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas
y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE.
4 La máquina debe ser de nueva adquisición y se debe adquirir en fecha posterior a la presentación de la solicitud de ayuda sin perjuicio de la consideración que prevé el apartado 3.2 del anexo 1.

Documentos asociados

Boletín: 09/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5751
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento