Ayudas para la adquisicion de vehiculos eficientes para uso de autotaxi, y se convoca el procedimiento de concurrencia para la seleccion de entidad colaboradora para la gestion de dichas ayudas.- Convocatoria 2013.- Corrección.

Código de ayuda:

S36546/13

Norma:

ORDEN 2157/2013, de 23 de septiembre. ORDEN 3041/2013, de 25 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/10/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las ayudas para la adquisición de vehículos eficientes para uso de autotaxi.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Tramo I.—Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 80 g CO2/km y 60 mg NOx/km: 6.000 euros/vehículo.

Tramo II.—Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 120 g CO2/km y 80 mg NOx/km, no incluidos en el Tramo I: 2.000 euros/vehículo.

Tramo III.—Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 160 g CO2/km y 80 mg NOx/km, no incluidos en los Tramos I y II: 1.000 euros/vehículo.

Tramo IV.—Vehículos pertenecientes a la categoría Eurotaxis, adaptados para personas con movilidad reducida, con emisiones inferiores o iguales a 180 g CO2/km y 120 mg NOx/km: 2.000 euros/vehículo, no incluidos en los tramos I, II y III.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que, en el momento de su solicitud y hasta la concesión efectiva de la ayuda, sean profesionales autónomos, estén dados de alta el impuesto de actividades económicas y sean, además, titulares de una licencia de autotaxi expedida en el territorio de la Comunidad de Madrid.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de las siguientes tipologías de vehículos:

a) Vehículos eléctricos puros.

b) Vehículos con emisiones inferiores o iguales a 160 g CO2/km y 80 mg NOx/km, entre los que se engloban las siguientes categorías:

— Vehículos híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos).

— Vehículos propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás—GLP— y Gas Natural).

c) Vehículos turismos de combustión interna altamente eficientes (EURO VI). Vehículos
pertenecientes a la categoría Eurotaxis, adaptados para personas con movilidad reducida, con emisiones inferiores o iguales a 180 g CO2/km y 120 NOx/km.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarios los solicitantes en los que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El beneficiario suscribirá, junto con la solicitud de ayuda, declaración responsable al respecto.

El beneficiario deberá encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, lo que se acreditará mediante el correspondiente certificado.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 232
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 282
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento