Ayudas para la adquisición de maquinaria agrícola y la modernización de las explotaciones agrarias.

Código de ayuda:

S15037/06

Norma:

Orden ARP/241/2006, de 11 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas consistirán en la bonificación de un punto porcentual de los intereses de los préstamos formalizados con las entidades financieras adheridas al convenio que establece el artículo 2.1, destinados a:
La adquisición de maquinaria agrícola.
La modernización de las explotaciones agrarias.
En este caso se considerarán subvencionables las inversiones destinadas a:
Reducir los costes de producción.
Mejorar y reorientar la producción agraria de la explotación.
Aumentar la calidad de la producción.
Proteger y mejorar el entorno natural.
Diversificar actividades agrarias y complementarias.
Incorporar nuevas tecnologías.
Mejorar las prácticas y/o tareas agrarias para contribuir a la mejora de las condiciones de vida de los agricultores.
Cumplir las normas mínimas de medio ambiente y de higiene y bienestar animal establecidas recientemente.

Se entienden como normas recientemente establecidas las que han entrado en vigor en menos de un año desde la fecha de presentación de la solicitud.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los préstamos tendrán las características siguientes:
Importe máximo: 90% de la inversión subvencionable, el IVA excluido, con un préstamo máximo de 150.000 euros por solicitante.
Comisión de estudio y comisión de apertura: máximo el 1% del importe formalizado.
Esta comisión será sólo del 0,5% cuando el préstamo esté garantizado por una entidad de garantía recíproca.
Tipo de interés: euribor a un año más un diferencial de 0,75 puntos; en el caso de que el préstamo esté garantizado por una sociedad de garantía recíproca, euribor a un año más un diferencial de 0,5 puntos.
Bonificación de interés por solicitud: 1 punto como máximo.
Plazo máximo de ocho años de amortizaciones, con un año máximo de carencia.
En el caso de que el 75% o más del importe de inversión se destine a la adquisición de maquinaria, el plazo de amortizaciones podrá ser únicamente de cinco años y medio, con seis meses de carencia.
Interés mínimo al prestatario: 1,5 puntos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas, titulares de explotaciones agrarias.

Requisitos:

a) Ser titular de una explotación agraria viable, de acuerdo con el Real decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias (BOE núm. 138, de 9.6.2001).
b) Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.
c) Tener una capacidad profesional adecuada.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4637
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2006 Descargar Documento