Ayudas para la adquisicion de libros de texto y material didactico complementario e informatico para el alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos publicos.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S43628/11

Norma:

ORDEN ENS/217/2011, de 6 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria pública para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático, destinados al alumnado de las enseñanzas obligatorias matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Cataluña, para el curso escolar 2011-2012.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Enseñanza (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad individual máxima de ayuda que se puede obtener es de hasta 105,00 euros. En cualquier caso, cuando el/la alumno/a esté escolarizado/a en un centro que participe en el Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto, y resulte beneficiario/a de este programa, el importe de las ayudas concurrentes no puede superar el coste soportado por el/la alumno/a para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El alumnado que cumpla los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático destinados al alumnado
de las enseñanzas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Cataluña.

Requisitos:

a) Estar matriculado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, durante el curso 2011-2012.

b) No estar repitiendo curso el año escolar por el que se solicita la ayuda.

c) La renta familiar del año 2010, calculada de acuerdo a lo que establece la base siguiente, no puede superar los umbrales máximos siguientes:

Familias de 1 miembro: 9.600,00 euros.

Familias de 2 miembros: 15.636,00 euros.

Familias de 3 miembros: 20.535,00 euros.

Familias de 4 miembros: 24.357,00 euros.

Familias de 5 miembros: 27.640,00 euros.

Familias de 6 miembros: 30.810,00 euros.

Familias de 7 miembros: 33.807,00 euros.

Familias de 8 miembros: 36.789,00 euros.

A partir del octavo miembro, se añaden 2.954,00 euros por cada nuevo miembro computable.

Documentos asociados

Boletín: 12/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5961
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento