Ayudas para la adquisicion de libros de texto y material didactico complementario e informatico para el alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos publicos.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S43628/11Norma:
ORDEN ENS/217/2011, de 6 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Abrir convocatoria pública para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático, destinados al alumnado de las enseñanzas obligatorias matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Cataluña, para el curso escolar 2011-2012.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Equipamientos informáticos y Tecnología
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Enseñanza (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cantidad individual máxima de ayuda que se puede obtener es de hasta 105,00 euros. En cualquier caso, cuando el/la alumno/a esté escolarizado/a en un centro que participe en el Programa cooperativo para el fomento de la reutilización de libros de texto, y resulte beneficiario/a de este programa, el importe de las ayudas concurrentes no puede superar el coste soportado por el/la alumno/a para la adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El alumnado que cumpla los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La adquisición de libros de texto y material didáctico complementario e informático destinados al alumnadode las enseñanzas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, matriculado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de Cataluña.
Requisitos:
a) Estar matriculado en cualquiera de los cursos de las enseñanzas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, durante el curso 2011-2012.b) No estar repitiendo curso el año escolar por el que se solicita la ayuda.
c) La renta familiar del año 2010, calculada de acuerdo a lo que establece la base siguiente, no puede superar los umbrales máximos siguientes:
Familias de 1 miembro: 9.600,00 euros.
Familias de 2 miembros: 15.636,00 euros.
Familias de 3 miembros: 20.535,00 euros.
Familias de 4 miembros: 24.357,00 euros.
Familias de 5 miembros: 27.640,00 euros.
Familias de 6 miembros: 30.810,00 euros.
Familias de 7 miembros: 33.807,00 euros.
Familias de 8 miembros: 36.789,00 euros.
A partir del octavo miembro, se añaden 2.954,00 euros por cada nuevo miembro computable.
Documentos asociados
Boletín:
12/09/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5961
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5961
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento