Ayudas para la adquisicion de equipos y tecnologia de la informacion y la comunicacion para el acceso a la sociedad de la informacion de personas con discapacidad, favoreciendo su inclusion digital, dentro del marco de Avantic para el año 2007 (ACCESTIC).

Código de ayuda:

S67755/07

Norma:

ORDEN de 25 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas que se convocan mediante la presente orden revisten la modalidad de subvención, y podrán solicitarse para la adquisición de los equipos y tecnología innovadores dirigidos a la integración social de las personas con discapacidad en el ejercicio 2007.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
Las subvenciones reguladas a través de esta orden se incluyen dentro de la tipología de Intervención para la Inserción Social, persiguiendo los siguientes fines:
a) Integración laboral.
b) Integración social con el entorno.
c) Refuerzo del desarrollo y la autonomía personal.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo destinado a esta convocatoria es de 300.000 euros, de los cuales el 70% (210.000 euros) proviene de financiación europea correspondiente al FEDER (mainstream) y el otro 30% (90.000 euros) proviene de la Generalitat.
Del importe global, se destinarán 180.000 euros al grupo de personas físicas y el resto para el grupo de las personas jurídicas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las ayudas reguladas en la presente orden se clasifican en institucionales e individuales:

1. Las ayudas institucionales tendrán como beneficiarias a entidades sin ánimo de lucro, cuya finalidad primordial o única, sea la atención a personas con discapacidad; y se dirigirán a posibilitar la realización
de proyectos de cuya implementación se beneficie, directamente, una pluralidad de personas físicas con algún tipo de discapacidad.

2. Las ayudas individuales se destinarán a la atención de las personas físicas con deficiencias de carácter motor, sensorial o psíquico /intelectual con objeto de facilitar su acceso a la Sociedad de la Información
mediante su introducción en el uso de las nuevas tecnologías como medio idóneo para lograr su inclusión social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos y actuaciones objeto de las ayudas se subsumirán en los siguientes tipos:

1. Adquisición de primeros equipos.
a) Equipamiento para acceder a las telecomunicaciones.
b) Equipamiento para facilitar el acceso al ordenador o a Internet.
c) Equipamiento para facilitar la comunicación aumentativa o alternativa.
d) Equipamiento para facilitar el control del entorno.

2. Adquisición de elementos dirigidos a complementar y/o ampliar la prestación social de otros equipos, con el fin de aumentar su prestación social.

Documentos asociados

Boletín: 02/11/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5631
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento