Ayudas para la Promoción de Nuevas Unidades Empresariales (PRONUE).
Código de ayuda:
S07246/04Norma:
Decreto Foral 17/2004 de 9 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/05/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Potenciar el tejido empresarial alavés a través de la creación y lanzamiento de nuevas unidades empresariales, la diversificación industrial de empresas ya existentes y la implantación de empresas en el Territorio Histórico de Álava.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Diputación Foral de Álava (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Hasta un 50% de la base subvencionable, con un límite máximo de 20.000 euros por proyecto, de los cuales como máximo 10.000 euros podrán alcanzarse con inversiones y el resto con otro tipo de actuaciones subvencionables.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Promotores individuales con un proyecto de creación de una nueva unidad empresarial de carácter innovador.b) Empresas alavesas que deseen diversificar su actividad, presentando un proyecto concreto de creación de una nueva unidad
empresarial de carácter innovador.
c) Empresas de carácter innovador que deseen implantar su actividad en el Territorio Histórico de Álava.
d) Empresas alavesas de carácter innovador, que estén ya constituidas y tengan una antigüedad máxima de dos años a la fecha
de presentación de la solicitud, y se encuentren aún en fase de lanzamiento de su actividad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos que introduzcan algún elemento de innovación en cualquiera de sus formas: tecnológica, comercial, de gestión, etc. y tengan expectativas de viabilidad.Los gastos coadyuvantes a la puesta en marcha de los proyectos, como por ejemplo, los gastos correspondientes a:
- Profundización y desarrollo del estudio de mercado y/o viabilidad (prospecciones de mercado, asistencia a ferias, viajes, documentación, publicaciones, etc.).
- Gastos de lanzamiento de la empresa.
- Gastos derivados del diseño y construcción de prototipos.
- Gastos de inversión en el caso de que la unidad empresarial esté constituida en el momento del abono de la subvención (con la
excepción de inmuebles, terrenos y vehículos).
- Y, en general, aquellos gastos que puedan ser considerados como primordiales para la puesta en marcha de los nuevos proyectos.
Requisitos:
- Los beneficiarios deben hallarse tanto en el momento de la resolución como en el momento del abono de la subvención alcorriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y en su caso, con la Seguridad Social.
- Cuando la empresa no tenga asignado código de cuenta de cotización en ningún régimen del sistema de la Seguridad Social, deberán hallarse al corriente de la Seguridad Social todos los socios de la empresa.