Ayudas para la Formacion en la Economia Social.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S47437/10

Norma:

ORDEN de 7 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Impulsar la formación sobre las especificidades concretas de la forma de gestión de Economía Social, exclusivamente, y destinada básicamente a las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten sus servicios en empresas de economía social.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales podrá financiar mediante subvenciones a fondo perdido, el coste neto de los proyectos que resulten aprobados, sin que en ningún caso se supere el límite de doscientos diez mil (210.000) euros por entidad beneficiaria, límite distribuido de la siguiente manera:
a) Por las acciones previstas en el artículo 2.2, apartados b) y d) de esta Orden la Entidad beneficiaria no podrá percibir en su totalidad más del 85%
del coste neto ni de ciento veinte mil (120.000) euros.
b) Por la acción prevista en el artículo 2.3.b) la Entidad beneficiaria no podrá percibir más del 85% del coste neto ni de treinta mil (30.000) euros. c) Por el resto de la acciones del artículo 2 de esta Orden la Entidad beneficiaria no podrá percibir en su totalidad más del 85% del coste neto ni de sesenta mil (60.000) euros, excepto para:
– Las entidades representativas de la Economía Social que sean integración de otras, en cuyo caso podrán llegar al límite de 60.000 euros por cada una
de las entidades integradas, y,
– Las Universidades, en cuyo caso podrán llegar a este límite de 60.000 euros por cada uno de sus Institutos especializados en esta materia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades, con domicilio social en la Comunidad Autónoma Vasca, siguientes:
1.– Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.1.a):
a) Las Sociedades Cooperativas y Laborales, con cualquier objeto social, cuando la actividad formativa se destine a las personas socias trabajadoras o de trabajo, las aspirantes a socias, y las personas trabajadoras
con contrato laboral, de la propia Cooperativa o Sociedad Laboral.
b) Entidades públicas o privadas con experiencia formativa en materia de Economía Social, dotadas con una estructura material y docente propia que les
capacite para organizar cursos especializados.

2.– Para las actuaciones subvencionables del artículo 2.1.b):
Las Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios, así como centros docentes y preuniversitarios.

3.– Para las actuaciones subvencionables del artículo
2.2 y 2.3:
a) Las Federaciones y Confederaciones de Cooperativas, las Agrupaciones de Sociedades Laborales, así como otras entidades asociativas o de intercooperación del sector de la Economía Social, legalmente constituidas y registradas.
b) Las Sociedades Cooperativas y Laborales cuyo objeto social sea la formación y/o consultoría en organización y recursos humanos, cuando las actividades desarrolladas trasciendan a la propia Sociedad.
Estas solicitudes deben contar con la ratificación de la idoneidad de la acción por la entidad asociativa representativa de economía social correspondiente.
c) Entidades públicas o privadas con experiencia investigadora en materia de Economía Social, con la estructura necesaria para la investigación en Economía Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Las actividades formativas, de acuerdo con el siguiente orden de prelación:
a) Acciones destinadas a la formación específica en economía social societario-empresarial, destinadas a iniciar, perfeccionar y cualificar el conocimiento del cooperativismo o de las sociedades laborales, en el ámbito de este tipo de empresas, dirigidas, tanto a las personas socias, como a las personas trabajadoras no-socias.
b) Acciones formativas sobre la Economía Social en el ámbito universitario y pre-universitario.

2.– Las acciones de investigación cuyo objeto sea el estudio de aspectos relacionados con la economía social:
a) Elaboración de materiales didácticos destinados a la formación de personas socias y las trabajadoras, personal directivo o no, que por su especial contenido trasciendan las necesidades puntuales de una empresa
y que, por su interés general, puedan utilizarse en proyectos futuros, siempre que los mismos resulten innovadores respecto a la oferta existente en la actualidad y tengan efecto multiplicador.
b) Edición de los materiales didácticos a los que se refiere el apartado 2.a) de este artículo. La edición debe ser de utilidad general, y si tiene formato informático se podrá insertar en la página web del Departamento
de Empleo y Asuntos Sociales. No se subvencionará la edición de materiales para uso interno de la entidad solicitante.
c) Actividades de investigación en Economía Social que sean totalmente novedosas e imprescindibles en la actualidad para el desarrollo de la economía social vasca.
d) Edición de publicaciones, en cualquier soporte y formato, así como la creación de bases de datos y de bibliotecas. Cuando se trate de manuales de
consulta deberán tener, en todo caso, formato informático para su inserción en la página web del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales así como
utilidad pública. En todo caso, el contenido de los mismos deberá suponer una innovación respecto a la oferta existente en la actualidad.

3.– Actividades de difusión cuyo objeto sea dar a conocer o divulgar entre la población en general o a colectivos específicos la economía social, mediante:
a) La organización de congresos, seminarios, simposiums, jornadas, y otras actividades, con preferencia hacia aquéllos que superen el marco de actuación
propio de la entidad organizadora, y especialmente las que fomenten buenas prácticas para la formación de los equipos gestores de las empresas de economía social.
b) La organización de actividades para atender a grupos nacionales e internacionales, interesados en conocer la experiencia cooperativa del País Vasco.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento