Ayudas para la Educación Ambiental.

Código de ayuda:

S13537/05

Norma:

Orden de 23 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas en régimen de publicidad, objetividad e concurrencia competitiva, para la realización de:
a) Cursos, exposiciones, conferencias, talleres, seminarios y jornadas relacionadas con la educación ambiental.
b) Publicaciones en formato impreso, audiovisual o multimedia de originales de material didáctico o de divulgación dirigido a la educación ambiental, incluida su preparación y elaboración, siempre que su finalidad sea su distribución gratuita.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas, siempre que su finalidad sea la realización de publicaciones según lo recogido en el artículo 1º b) de la presente orden.
b) Instituciones sin fines de lucro (como asociaciones, fundaciones, entidades benéficas, etc.) que dispongan de los medios suficientes y adecuados para llevar a cabo acciones de educación y divulgación ambiental. Cuando los solicitantes sean asociaciones, deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones Protectoras del Medio Ambiente de Galicia.
c) Centros docentes públicos o concertados que quieran promocionar la educación ambiental mediante la programación y realización de actividades que contribuyan a esta labor y dispongan de los medios suficientes y adecuados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) En lo recogido en el artículo a): gastos derivados de la organización; honorarios de conferenciantes y profesorado; alquiler de equipos y material; realización de material expositivo, de divulgación del propio acto y otro material correspondiente a la actividad, excluido el material inventariable.

b) En lo recogido en el artículo b): gastos derivados de la preparación del material (como fotografías, ilustraciones y otros necesarios) para la elaboración de la unidad que se proponga en la memoria de solicitud, la de impresión o publicación, excluido el material inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 62
Documento: Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento