Ayudas para inversiones en explotaciones y/o para el aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S32319/15

Norma:

Orden de 19/06/2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la ayuda a la inversión vinculada a la producción lechera dentro de la prioridad de la “ medida de acompañamiento de la reestructuración del sector de los productos lácteos “ introducida como operación de nuevos retos por el Reglamento (CE) nº 74/2009, del Consejo, de 19 de enero de 2009 y por el Reglamento (CE) nº 473/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, que ha supuesto la inclusión en el artículo 16 bis del Reglamento (CE) nº 1698/2005, del Consejo, de 20 de diciembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), que se articulan mediante las siguientes medidas:

a) Inversiones en explotaciones de vacuno lechero.

b) Aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero.

La finalidad de la medida de inversiones en explotaciones de vacuno lechero es:

a) Mejorar las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y de los empleados de las explotaciones.

b) Mejorar cualitativamente la ordenación de producciones en función de las necesidades de mercado y, en su caso, con vistas a la adaptación a las normas comunitarias de calidad, así como para la diversificación de las actividades agrarias.

c) Adaptar las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización, telemática y el uso de energías renovables.

d) Mejorar las condiciones de higiene de las explotaciones ganaderas y de bienestar de los animales, la protección y mejora del suelo, de la cubierta vegetal y del medio ambiente.

La finalidad de la medida del aumento del valor añadido en industrias agroalimentarias del sector vacuno lechero es:

a) Desarrollar de una estructura moderna, integral y adecuada.

b) Impulsar el acceso y desarrollo de la innovación y la aplicación de nuevas tecnologías.

c) Adaptar las producciones a las demandas del mercado, orientando la producción de acuerdo con las tendencias del mismo y fomentando la apertura de nuevas salidas.

d) Avanzar hacia la mejora ambiental de la industria agroalimentaria.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Cualquier persona física o jurídica titular de una explotación que se encuentre registrada en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas de Castilla-La Mancha (REGA) que cumplan los programas oficiales que afecten a las mismas y cumpla los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Presentar un plan de inversiones de su explotación, en el marco de una explotación empresarial a medio o largo plazo, que demuestre mediante cálculos específicos que las inversiones están justificadas desde el punto de vista de la explotación y de su economía. Considerándose que un plan de mejora cumple tales condiciones, cuando, tras su realización, no disminuya la renta unitaria de trabajo de la explotación o, en los casos en los que se incremente el número de UTA, no disminuya el margen neto de la misma.

b) Comprometerse a ejercer la actividad agraria en la explotación objeto de la ayuda, así como el mantenimiento de las inversiones auxiliadas y el tamaño o dimensión de la misma, durante al menos cinco años contados desde la fecha de concesión de la ayuda.

c) Acreditar su viabilidad económica: se considerará que una explotación es viable económicamente cuando su renta unitaria de trabajo no sea inferior al 20% de la renta de referencia.

d) No estar incurso en los supuestos previstos por el artículo 10 de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha.

e) Cumplir las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales.

f) En los supuestos de los proyectos que requieran declaración o evaluación ambiental de conformidad con la legislación de evaluación ambiental, deberán contar con la misma en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

g) En los casos en que el beneficiario esté sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberá acreditar que está en posesión de un plan de prevención de riesgos laborales y que no ha sido sancionado en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme o falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención, mediante la presentación de declaración responsable, de conformidad con lo dispuesto en el correspondiente modelo de solicitud de ayuda.

h) No incurrir en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de CastillaLa Mancha.

i) No encontrarse en situación de crisis de acuerdo con la definición establecida en las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

j) No estar incurso la persona física o los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas en las incompatibilidades previstas en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 126
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento