Ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura para el fomento de la Sociedad de la Imaginación para el año 2011.

Código de ayuda:

S10546/08

Norma:

DECRETO 16/2008, de 11 de febrero. ORDEN de 3 de marzo de 2008. DECRETO 259/2008, de 19 de diciembre. ORDEN de 16 de marzo de 2009. ORDEN de 22 de febrero de 2010. DECRETO 32/2011, de 18 de marzo. ORDEN de 18 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura, para el fomento de la Sociedad de la Imaginación, correspondientes al ejercicio 2011, de conformidad con las modificado por el Decreto 259/2008, de 19 de diciembre (DOE n.º 249, de 26 de diciembre), y por el Decreto 32/2011, de 18 de marzo (DOE n.º 58, de 24 de marzo).

Categorías Subvención

  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de los Jóvenes y del Deporte (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Personas físicas con una edad comprendida entre los 18 y los 34 años, ambos inclusive, en el momento de la solicitud de la ayuda.

b) Personas jurídicas de derecho privado:

— Sociedades, en cualquiera de sus modalidades, en las cuales se cumpla el siguiente requisito: que al menos el 50% de sus socios tengan una edad comprendida entre los 18 y los 34 años, ambos inclusive, en el momento de la solicitud. En caso de que uno, o más, de los socios sea persona jurídica, al menos el 50% de los miembros del Consejo de Administración deberán cumplir el requisito de la edad.

— Fundaciones y asociaciones, en cuyos estatutos se recoja como finalidad la dedicación o realización de actividades destinadas al colectivo juvenil.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Asistencias Técnicas: Contratación de consultoras externas y la creación de unidades de imaginación e innovación.

2. Asistencias Formativas: Ayudas formativas y experiencias piloto.

3. Becas Iniciativa Joven: Becas a la Construcción del Proyecto, Becas al Talento Joven, Becas a la Creación Joven y Becas para la Dinamización Territorial.

4. Microproyectos.

Requisitos:

Los solicitantes de las ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social en las condiciones de los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las condiciones y requisitos para ser beneficiarios de estas ayudas deberán reunirse desde la presentación de solicitudes hasta su justificación. Se prohíbe expresamente tanto el cambio de titularidad del beneficiario de la ayuda como la subrogación en la misma.

Documentos asociados

Boletín: 15/02/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 32
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