Ayudas para incorporar personal investigador al sistema de ciencia de las Illes Balears, cofinanciados en un 50% por el Fondo Social Europeo por medio del Programa operativo del Fondo Social Europeo de las Illes Balears 2014-2020 (contratos posdoctorales).- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S21700/16

Norma:

Resolución 17 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, es la incorporación de personal investigador al sistema de ciencia y tecnología de las Illes Balears, en centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, públicos o privados, ubicados en las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Innovación, Investigación y Turismo (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de las ayudas, de carácter plurianual, es de 644.000,00 € (seiscientos cuarenta y cuatro mil euros). Dado que esta subvención se imputa a más de una partida presupuestaria, la asignación es vinculante por el importe total y no por cada partida, salvo el caso de la partida 12501 541A01 77000 00 19113, cuyo importe no está vinculado a ninguna otra partida en ninguna de las anualidades previstas en esta convocatoria. Este importe incluye el cofinanciamiento del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2014-2020 de las Illes Balears en un 50%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas los centros de I+D que estén válidamente constituidos y que tengan capacidad de contratación laboral.

A los efectos de estas ayudas pueden ser beneficiarios los centros de I+D siguientes:

Centros públicos de I+D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, los centros de I+D con personalidad jurídica propia y diferenciada vinculados a la Administración general del Estado o que dependen de ella y los centros de I+D vinculados a administraciones públicas territoriales o que dependen de ellas, independientemente de la
personalidad jurídica.

Centros públicos y privados de I+D sin finalidad de lucro: universidades privadas y entidades públicas y privadas sin finalidad de lucro con capacidad y actividad demostradas en I+D. Se incluyen los centros tecnológicos cuya propiedad y cuya gestión corresponden mayoritariamente a las administraciones públicas.

Empresas privadas de I+D: entidades privadas con capacidad y actividad demostradas en I+D.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento