Ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE), y se procede a su convocatoria para el año 2024.

Código de ayuda:

S01046/24

Norma:

ORDEN de 15 de enero de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de marzo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras, para el año 2024, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas e incentivos a pymes, incluidas personas trabajado as autónomas, para implantar sistemas de gestión de RSE (TR357B), la igualdad laboral (TR357C), así como para adoptar medidas de corresponsabilidad y de conciliación de la vida familiar, personal y laboral (TR357D), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas solicitantes podrán ser pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

Para las líneas II e III también podrán presentar solicitud las empresas con centros de trabajo en Galicia. En el caso de la línea I, las empresas deberán contar como mínimo con diez personas trabajadoras y con un máximo de 49, salvo en el caso de los centros especiales de empleo sin ánimo de lucro que podrán superar dicho número.

Para la línea II, si la solicitud es para las sublíneas 1 y 3, las empresas deberán contar con un mínimo de una persona trabajadora, y si la solicitud es para la sublínea 2, las empresas deberán contar con un mínimo de cinco personas trabajadoras.

Para la línea III, las empresas deberán contar con un mínimo de cinco personas trabajadoras.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 26
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/02/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 26
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento