Ayudas para gastos de funcionamiento y actividades de las asociaciones de padres y madres de alumnos (APIMA) y sus federaciones y confederaciones, y las asociaciones de alumnos (AA) y sus federaciones y confederaciones.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S20219/18

Norma:

Resolución del 23 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de mayo de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo al mantenimiento de las APIMA y sus federaciones y confederaciones y de las AA y sus federaciones y confederaciones.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación, Universidad e Investigación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. A las ayudas para APIMA y AA se destinan 230.000 €, que se han distribuir de la manera siguiente:

a. El total del importe justificado y considerado como elegible por la Administración, hasta 800 € para cada una, en una primera fase.

b. En una segunda fase, en el caso que el importe distribuido al punto 8.1 a sea inferior al crédito de la convocatoria, se tiene que repartir el total del crédito entre todos los solicitantes que superen los 800 € justificados de forma proporcional a los importes justificados y considerados como elegibles por la Administración.

c. En caso de que el importe de las peticiones sea superior al crédito de la convocatoria, se tiene que repartir el total del crédito entre todos los solicitantes de forma proporcional a los importes justificados y considerados como elegibles por la Administración.

2. A las ayudas en las federaciones y confederaciones de APIMA y AA se destinan 70.000 €, que se distribuyen en dos partidas:

a. Una partida fija de 2.000 € para cada una de las entidades admitidas.

b. Una partida variable que se tiene que repartir de manera proporcional entre las entidades solicitantes admitidas según el número de entidades afiliadas y que estén reconocidas en el Censo de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos y de Asociaciones de Alumnos de la Consejería de Educación y Universidad. El límite de la cuantía de la ayuda es la suma entre la parte fija y la variable.

c. En caso de que se produzca un remanente en la partida destinada a las federaciones y confederaciones se tiene que destinar a incrementar la partida destinada a las APIMA y AA con el fin de optimizar los recursos durante este ejercicio económico.

d. Si, una vez distribuido el remanente, se vuelve a generar otro remanente por el hecho de haber beneficiarios que habían solicitado una cantidad inferior a la que se les podía conceder, la Comisión Evaluadora lo tiene que redistribuir mientras lo permita el crédito máximo de la convocatoria, de acuerdo con las condiciones que establece esta misma convocatoria, de manera proporcional a la cantidad solicitada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de estas ayudas las APIMA, las AA y las federaciones y confederaciones de estas asociaciones de ámbito no estatal que estén legalmente constituidas y registradas en el censo de la Consejería de Educación y Universidad y que desarrollen su actividad en las Illes Balears.

Requisitos:

a. Ser una asociación, una federación o una confederación de asociaciones que, según el apartado anterior, pueda ser beneficiaria.

b. Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en esta convocatoria en los plazos establecidos.

Documentos asociados

Boletín: 28/04/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 52
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/04/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 52
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento