Ayudas para formar personal investigador cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a traves del Programa Operativo de las Illes Balears para el periodo 2007/2013 dentro del eje 3, tema prioritario 74.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S36946/12

Norma:

Resolución de 27 de septiembre de 2012. Orden de 26 de enero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/10/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La formación de personal investigador mediante la incorporación de los solicitantes en grupos de investigación y la elaboración de tesis doctorales en centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, sin ánimo de lucro, ubicados en las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación, Universidad e Investigación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La dotación de cada una de las becas será de 1.142,00 € (mil ciento cuarenta y dos euros) mensuales brutos, correspondiente a 12 mensualidades, en concepto de ayuda económica. Esta cuantía podrá ser modificada anualmente mediante una resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades.

2. El gasto total incluye la dotación mensual, los precios establecidos para la tutela académica del doctorado, la apertura de expediente académico, la defensa de la tesis doctoral, la ayuda familiar, si procede, y la parte cofinanciada de la cuota empresarial de la Seguretat Social.

En ningún caso incluyen los gastos derivados para la obtención de título de máster ni doctorado.

3. Durante el periodo de contrato, la ayuda anual para cada uno de los contratos que se formalicen será de 21.942 euros. La retribución mínima anual que debe recibir el investigador en formación, y que debe figurar en su contrato, será de 16.422 euros brutos anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado 7 de esta convocatoria.

b) Los centros de investigación y desarrollo tecnológico (I + D) sin ánimo de lucro ubicados en las Illes Balears que, durante el período a que se refiere el apartado 2.2 de esta convocatoria, tengan capacidad de contratación laboral y que hayan obtenido un proyecto de investigación y desarrollo tecnológico (proyecto marco) subvencionado por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La formación de personal investigador mediante la incorporación de los solicitantes en grupos de investigación y la elaboración de tesis doctorales en centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, sin ánimo de lucro, ubicados en las Islas Baleares.

Requisitos:

Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda, y tener la residencia en las Islas Baleares.

Haber completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto de estudios universitarios de grado y postgrado y además estar en posesión de alguna de las ordenaciones universitarias:

b.1) El DEA (diploma de estudios avanzados), el certificado de suficiencia investigadora o estar matriculado en el curso académico 2011-2012 con el fin de conseguirlo antes de la incorporación (estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de doctor y otros estudios de postgrado).

b.2) Cumplir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado o estar matriculado en el curso 2011-2012 con el fin de poder
cumplir estos requisitos antes de la incorporación (estudios oficiales de posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero , por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado). En todo caso, siempre deben haber completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto de estudios universitarios de grado y postgrado.

b.3) Cumplir los requisitos de acceso al doctorado o estar matriculado, en el curso 2011-2012, para poder cumplir estos requisitos antes de la
incorporación (enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales). En todo caso, los candidatos deben cumplir los requisitos académicos para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo en el curso 2012-2013.

En cualquier caso, al finalizar el curso 2011 -2012 y antes de la publicación de la lista definitiva de concesiones, las personas seleccionadas deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos de acceso al doctorado mediante la acreditación del título de máster o DEA (diploma de
estudios avanzados) o certificado de suficiencia investigadora o certificación de haber completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto
de estudios universitarios de grado y postgrado, de los cuales 60 créditos deben ser de postgrado como mínimo.

Para los solicitantes que hayan obtenido el título o hayan hecho los estudios que proporcionen acceso al doctorado de conformidad con los sistemas educativos extranjeros, se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, sin perjuicio que se les requiera la
homologación del título que les habilite para acceder a los estudios de doctorado mencionados para la fase de contrato.

La fecha de finalización de los estudios que dan acceso a estudios de máster o al periodo docente o formativo de doctorado debe ser:

En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o su equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser
posterior al 1 de enero de 2007.

En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o el equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2007.

En el caso de estudios de grado del EEES de 180 créditos, debe ser posterior al 1 de enero de 2008.

En el caso de estudios de grado del EEES de 240 créditos, debe ser posterior al 1 de enero de 2007.

La fecha de finalización de estudios puede ser anterior a las que se han mencionado y con límite hasta el 1 de enero de 2004 en los siguientes
casos:

e.1) Las personas licenciadas en medicina, farmacia, biología, química, o psicología, que en el momento de solicitar la ayuda estén en posesión de un título de formación sanitaria especializada (MIR, FIR, BIR, QUIR, o PIR, respectivamente).

e.2) Los titulados en que la fecha de finalización de estudios sea posterior al 1 de enero de 2005 y que acrediten que entre esta fecha y la actualidad se han dedicado a la atención y el cuidado de hijos menores de seis años.

No pueden participar en la convocatoria las personas que ya estén en posesión de un título de doctor.

Los solicitantes deben cumplir todos los requisitos el día de finalización del plazo de presentación de instancias, excepto en el caso de requisito de residencia en las Islas Baleares, que se puede acreditar mediante el certificado de empadronamiento en un municipio de las Islas Baleares en el momento de la aceptación de la beca.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 25
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/10/2012
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 144
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento