Ayudas para formar personal investigador.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S26519/11

Norma:

Resolución de 11 de abril de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de catorce ayudas para formar personal investigador, el objetivo de las cuales es formar en investigación científica y técnica titulados superiores universitarios que quieran hacer una tesis doctoral en centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico ubicados en las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejeria de Innovación, Interior y Justicia (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación de cada una de las becas será de 1.142,00 € (mil ciento cuarenta y dos euros) mensuales brutos, correspondiendo a 12 mensualidades, en concepto de ayuda económica.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas que cumplan los requisitos.

b) Los centros de investigación y desarrollo tecnológico (I+D) sin ánimo de lucro ubicados en las Islas Baleares, que, durante el periodo al que se refiere el apartado 2.2 de esta convocatoria, tengan capacidad de contratación laboral y que hayan obtenido un proyecto de investigación y desarrollo tecnológico (proyecto marco) subvencionado por un organismo competente mediante una convocatoria pública competitiva.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas objeto de esta convocatoria se estructuran en dos periodos diferenciados:

a) Durante el primero, con una duración de 24 meses, la ayuda tendrá las características de una beca.

b) Durante el segundo, que será como máximo los dos años siguientes a partir de la finalización del periodo de beca, el centro de I+D tiene que formalizar con el personal investigador en formación un contrato de trabajo en prácticas en virtud del cual el investigador permanecerá vinculado en el centro de
formación en el que desarrolle la tesis doctoral, de forma que ambas partes asumirán las obligaciones contractuales que se deriven, que en todo caso se tienen que adecuar al contenido de la solicitud de la ayuda.

Requisitos:

1. Los solicitantes tienen que acreditar, en el plazo de presentación de la solicitud, los requisitos académicos que se especifican acto seguido:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero residente en España en el momento de solicitar la ayuda, y tener la residencia en las Islas Baleares.

b) Estar en posesión de alguna de las ordenaciones universitarias siguientes:

El DEA (diploma de estudios avanzados), el certificado de suficiencia investigadora o estar matriculado en el curso académico 2010-2011 con el fin de conseguirlo en este año (estudios de tercer ciclo regulados por el Real decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de doctor y otros estudios de posgrado).

Cumplir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado o estar matriculado en el curso 2010-2011 con el fin de poder cumplir estos requisitos al acabar el curso (estudios oficiales de posgrado regulados por el Real decreto 56/2005, de 21 de enero, por el cual se regulan los estudios oficiales de posgrado). En todo caso, siempre tienen que haber completado un mínimo de 300 créditos en el conjunto de estudios universitarios de grado y posgrado, de los cuales 60 créditos tienen que ser de posgrado como mínimo, para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo en el curso 2011-2012.

Cumplir los requisitos de acceso al doctorado o estar matriculado, en el curso 2010-2011, con el fin de poder cumplir estos requisitos al acabar el curso (enseñanzas reguladas por el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el cual se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales). En todo caso, los candidatos tienen que cumplir los requisitos académicos para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo en el curso 2011-2012.

Para los solicitantes que hayan obtenido el título o hayan hecho los estudios que proporcionen acceso al doctorado de conformidad con los sistemas educativos extranjeros, se seguirá lo que dispone el artículo 16 del Real decreto 1393/2007, sin perjuicio que se los requiera la homologación del título que los habilite para acceder en los estudios de doctorado mencionados para la fase de contrato.

2. La fecha de finalización de los estudios que dan acceso a los estudios de máster o al periodo docente o formativo de doctorado tiene que ser:

a) En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o el equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, tiene que ser posterior al 1 de enero de 2006.

b) En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o el equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, tiene que ser posterior al 1 de enero de 2006.

c) En el caso de estudios de grado del EEES de 180 créditos, tiene que ser posterior al 1 de enero de 2006.

d) En el caso de estudios de grado del EEES de 240 créditos, tiene que ser posterior al 1 de enero de 2006.

e) La fecha de finalización de estudios puede ser anterior a las que se han mencionado y con límite hasta el 1 de enero de 2003 en los casos siguientes:

e.1) Las personas licenciadas en medicina, farmacia, biología, química, o psicología, que en el momento de solicitar la ayuda estén en posesión de un título de formación sanitaria especializada (MIR, FIR, BIR, QUIR, o PIR, respectivamente).

e.2) Los titulados cuya fecha de finalización de estudios sea posterior al 1 de enero de 2004 y que acrediten que entre esta fecha y la actualidad se han dedicado a la atención y el cuidado de hijos menores de seis años.

3. No pueden participar en la convocatoria las personas que ya estén en posesión de un título de doctor.

4. Los solicitantes tienen que cumplir todos los requisitos el día de finalización del plazo de presentación de instancias, excepto en el caso de requisito de residencia en las Islas Baleares, que se puede acreditar mediante el certificado de empadronamiento en un municipio de las Islas Baleares en el momento de la aceptación de la beca.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 68
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento