Ayudas para fomento del empleo en el sector de la distribucion comercial durante el año 2008.

Código de ayuda:

S25819/08

Norma:

Orden HAC/7/2008, de 1 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento del empleo de desempleados en el sector de la distribución comercial minorista.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- Los contratos para la formación y en prácticas realizados por pequeñas empresas minoristas recibirán una ayuda por un importe de 2.700,00 euros, por cada una de las contrataciones realizadas que cumplan con los requisitos de esta Orden.

2.- Los contratos en prácticas realizados por las Asociaciones y Organizaciones de Comerciantes, recibirán
una ayuda equivalente al 60% del coste salarial de los contratos correspondientes. Asimismo, con carácter complementario, percibirán una única ayuda anual de 1.800,00 euros, independiente del número de contrataciones, en concepto de financiación de gastos de material y funcionamiento.

3.- Las ayudas destinadas directamente a subvencionar los contratos de trabajo, por sí solas o en concurrencia con otras ayudas públicas, no podrán superar el 60 % del coste salarial bruto anual del contrato para el que se obtengan, reduciéndose las cantidades establecidas con anterioridad hasta el límite citado en este apartado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresa y agrupaciones de comerciantes, en general, con independencia de su regulación jurídica específica, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como sus Federaciones y Confederaciones, que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria en el momento de presentación de la solicitud, y que formalicen contratos en prácticas con desempleados empadronados en algún municipio de la misma.
También podrán acceder a estas subvenciones las Cooperativas de Detallistas, con domicilio social en
Cantabria, que se encuentren debidamente inscritas en los correspondientes registros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los contratos para la formación realizados por pequeñas empresas con parados demandantes de empleo, con una duración mínima de un año, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 11.2.a), del Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada por la Ley 12/2001, de 9 de julio.

b) Los contratos en prácticas que realicen las Organizaciones y Asociaciones de comerciantes y las Empresas, con una duración mínima de un año, con parados demandantes de empleo en los términos establecidos en el artículo 11.1 del citado Estatuto, en la redacción dada por la Ley 63/1997, de 26 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 11/04/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 71
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/05/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 86
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento